El Supremo Tribunal Federal (STF) cerró uno de los capítulos más sensibles de la privatización de Eletrobras (actual Axia) al aprobar, por mayoría de votos, el acuerdo firmado entre el gobierno brasileño y la empresa respecto a los límites de la intervención gubernamental en la gobernanza de la empresa.
La decisión, tomada en sesión plenaria el jueves (11), confirma los nuevos parámetros de participación política del Ejecutivo tras el proceso de capitalización y pone fin a la disputa judicial que se arrastraba desde 2023.
El punto central del debate fue el llamado "límite de voto", una disposición de la Ley 14.182/2021 que limita el poder de voto de cualquier accionista al 10%, incluido el Gobierno Federal, que posee el 42% de las acciones ordinarias.
El Poder Ejecutivo argumentó que dicha restricción afectaba la proporcionalidad y comprometía la protección del patrimonio público. La controversia condujo a la apertura del... ADI 7385, que buscaba restablecer una mayor influencia del Gobierno en el Consejo de Administración.
La solución llegó a través de la CCAF (Cámara de Conciliación y Arbitraje de la Administración Federal). El acuerdo firmado entre la Unión y Eletrobras, ahora ratificado por el STF (Supremo Tribunal Federal), autoriza al gobierno a nombrar a tres de los diez miembros del Consejo de Administración (o dos, si su participación es inferior al 30%) y a uno de los cinco miembros del Consejo Fiscal, siempre que conserve al menos el 20% de las acciones.
Si ese porcentaje cae por debajo del 20%, los derechos se extinguen. El ponente, el ministro Nunes Marques, defendió la aprobación total del acuerdo, afirmando que... Ley 14.182 / 2021 Se trata de una “ley con efectos concretos” y la solución consensuada respeta los límites de la administración pública y refuerza la estabilidad institucional.
La mayoría se formó con los votos de Cristiano Zanin, André Mendonça, Dias Toffoli, Gilmar Mendes y Luiz Fux, quienes destacaron la importancia del enfoque conciliador. Los ministros Alexandre de Moraes, Edson Fachin, Cármen Lúcia y Flávio Dino discreparon y favorecieron la aprobación parcial.
Electronuclear
Además de abordar la gobernanza corporativa, el acuerdo incluye cláusulas relativas a Eletronuclear, que contemplan ajustes a las garantías y compromisos relacionados con la operación de la estatal, previamente aprobados en junta de accionistas.
La Procuraduría General de la Nación afirmó que el acuerdo evita distorsiones en el control corporativo y refuerza el equilibrio interno de la empresa tras la privatización.
En el ámbito empresarial, el acuerdo se relaciona directamente con los recientes acontecimientos en el sector. En octubre, Eletrobras vendió parte de su participación en Eletronuclear a Âmbar Energia, filial de J&F, por R$ 535 millones.
Amber también asumió la responsabilidad de R$ 2,4 millones en obligaciones destinadas a mejoras en Angra 1, un compromiso establecido originalmente entre el Gobierno Federal y Axia. La decisión del Tribunal Supremo no afecta a esta operación, que no requirió aprobación judicial.
Histórico
La disputa comenzó en 2023, cuando el gobierno impugnó ante el Supremo Tribunal Federal (STF) la limitación al voto impuesta por la ley de privatizaciones (14.182/2021). En abril de 2024, tras meses de negociaciones, la Procuraduría General de la República (AGU) remitió al Tribunal un preacuerdo en el que el sindicato obtuvo el derecho a nombrar a tres miembros de la junta directiva, preservando las prerrogativas mínimas compatibles con su participación accionaria.
La mesa de negociación también incluyó temas de interés para la compañía relacionados con el sector nuclear, como la inversión en debentures para Angra 1 y la eliminación de la obligación de invertir en Angra 3.
El acuerdo se aprobó en la junta de accionistas de 2025 y solo estaba pendiente de la revisión del Tribunal Supremo, que ya ha concluido. Con la ratificación, se pone fin a la disputa legal y el mercado considera que abre el camino a un nuevo ciclo en la gobernanza de Eletrobras en el período posterior a la privatización.
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