La determinación del TCU (Tribunal Federal de Cuentas) sobre cambios regulatorios a la GD (generación distribuida) se basa en supuestos obsoletos y parciales sobre los beneficios del segmento para la sociedad en su conjunto. Esto es lo que evalúa la ABSOLAR (Asociación Brasileña de Energía Solar Fotovoltaica).
Según la asociación, la decisión del TCU fue simplemente fijar un plazo de 90 días para la ANEEL (Agencia Nacional de Energía Eléctrica) presentan un plan de acción para resolver el SCEE (sistema de compensación de energía eléctrica) contenido en el REN 482 (Resolución Normativa N° 482/2012) de la agencia.
“No existe ningún requisito por parte del TCU sobre el fin de los incentivos en el sistema de compensación de la generación distribuida, ya que el organismo de control externo no tiene la prerrogativa de retirarse del sistema. ANEEL discreción sobre cómo manejará la agencia las actualizaciones regulatorias, ni determinar cuándo y cómo se deben completar los cambios de resolución”, explica la abogada Bárbara Rubim, vicepresidenta de Generación Distribuida de ABSOLAR.
“Además, la decisión del TCU es problemática porque se basa en argumentos unilaterales que no reflejan las discusiones actuales entre el Congreso Nacional, el organismo regulador y otros agentes del sector”, añade.
A ABSOLAR destaca aún más que La revisión del REN 482 se está discutiendo entre el sector, el ANEEL y el Congreso Nacional desde hace más de un año. Además, la entidad destaca los beneficios de la energía solar que se deben incorporar, que contribuyan a atraer capital privado, aumentar los ingresos públicos, diversificar la matriz eléctrica, reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, generar empleo e ingresos, postergar inversiones en transmisión y distribución de electricidad. y alivio para redes por el efecto vecindad, entre muchos otros.