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Inicio / Artículos / Artículo de opinión / el rol de ANEEL en el sector eléctrico brasileño

el rol de ANEEL en el sector eléctrico brasileño

La agencia tiene deberes y responsabilidades hacia las empresas del sector y los consumidores.
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  • Fotografía de Marina Meyer Falcao Marina Meyer Falcão
  • 3 de marzo de 2023, a las 14:20
5 min 55 s de lectura
03-03-2023-Canal Solar El papel de ANEEL en el sector eléctrico brasileño
Foto: Divulgación

A ANEEL (Agencia Nacional de Energía Eléctrica), establecido por Ley 9.427 / 1996 que regula el régimen de concesiones de servicios públicos energia electrica, tiene por objeto regular y vigilar la producción, transmisión, distribución y venta de energía eléctrica, de conformidad con las políticas y lineamientos del gobierno federal.

Esta obligación determina la total transparencia del órgano regulador en el área energética, que también tiene el deber de inspeccionar los datos relativos a la administración, contabilidad, recursos técnicos, económicos y financieros de todas las concesionarias de energía en Brasil.

Otras responsabilidades de la Agencia se prescriben en los artículos 29 y 30 de la Ley nº 8.987 / 1995 y son aplicables a los servicios de energía eléctrica, compitiendo especialmente con ANEEL:

  • Implementar políticas y lineamientos del gobierno federal para la exploración de energía eléctrica y el aprovechamiento de potenciales hidráulicos;
  • Promover licitaciones encaminadas a la contratación de concesionarios de servicios públicos para la producción, transmisión y distribución de energía eléctrica y para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de potenciales hidráulicos;
  • Celebrar y gestionar contratos de concesión o permiso de servicios públicos de electricidad, concesión de uso de bienes públicos,
  • Expedir autorizaciones, así como fiscalizar, directamente o mediante convenios con organismos estatales, las concesiones y la prestación de servicios eléctricos;
  • Resolver, a nivel administrativo, las discrepancias entre concesionarios, permisionarios, productores autorizados, productores independientes y autoproductores, así como entre estos agentes y sus consumidores;
  • Establecer los criterios para el cálculo del precio del transporte de energía y arbitrar sus valores en los casos de negociaciones frustradas entre los agentes involucrados;
  • Coordinar con el organismo regulador del sector de los combustibles fósiles y del gas natural los criterios para fijar los precios de transporte de estos combustibles, cuando se destinen a la generación de electricidad, y para arbitrar sus valores, en los casos de negociaciones frustradas entre los agentes implicados.

Por lo tanto, en su ejercicio de inspección, el ANEEL tiene el deber de:

  • Regular el servicio prestado y monitorear permanentemente su prestación;
  • Aplicar sanciones reglamentarias y contractuales;
  • Intervenir en la prestación del servicio, en los casos y condiciones previstos por la ley;
  • Dar por terminada la concesión, en los casos previstos en esta Ley y en la forma prevista en el contrato;
  • Aprobar ajustes y revisar tarifas de conformidad con esta Ley, las normas pertinentes y el contrato;
  • Cumplir y hacer cumplir las disposiciones reglamentarias del servicio y las cláusulas contractuales de la concesión;
  • Velar por la buena calidad del servicio, recibir, investigar y resolver las quejas de los usuarios, quienes serán notificados, dentro de los treinta días, de las medidas adoptadas;
  • Declarar de utilidad pública los bienes necesarios para la ejecución del servicio u obra pública, promoviendo expropiaciones, directamente o mediante el otorgamiento de poderes al concesionario, en cuyo caso éste será responsable de la compensación correspondiente;
  • Declarar de necesidad o utilidad pública, a los efectos de constituir la servidumbre administrativa, los bienes necesarios para la ejecución de un servicio u obra pública, promoviéndolo directamente o mediante el otorgamiento de poderes al concesionario, en cuyo caso éste será responsable de la compensación aplicable;
  • Estimular el aumento de la calidad, la productividad, la preservación y conservación del medio ambiente;
  • Fomentar la competitividad; y
  • Fomentar la formación de asociaciones de usuarios para defender los intereses relacionados con el servicio.

En la lista de deberes y obligaciones del ANEEL No encontramos reglas para legislar sobre políticas públicas, rol que corresponde a Leyes y Decretos Federales y Estatales sobre temas específicos.

Con el avance de la tecnología, la autogeneración de energía por parte de los consumidores (personas físicas o jurídicas) se ha convertido en una tendencia no sólo en Brasil, sino en todo el mundo.

Las expectativas de la mayoría de los consumidores, ávidos de generar su propia energía, crecieron en la misma proporción que el modelo DG (generación distribuida) empezó a generar reducciones en las facturas eléctricas.

Y fue abruptamente interrumpido por la Resolución Normativa 1.059/2023 de la ANEEL, que aportó ilegalidades en su texto que contravienen la Ley 14.300/2022, resultado de una lucha del sector de la DG en consenso con el mercado, incluso con la propia Agencia.

Debido a la nueva Resolución 1.059 de la Agencia, todos los usuarios de energía en la generación distribuida, especialmente la microgeneración, resultaron sumamente perjudicados y todo el sector mostró acciones aisladas e innecesarias.

Entonces, para organizar la lucha ganada mediante la Ley 14.300/2022, las entidades del sector necesitan organizarse y reunirse nuevamente - para ajustar la Resolución Normativa 1.059/2023 recientemente publicada - que iba más allá de la facultad de regular y supervisar el traer “ nuevas reglas” y puntos regulatorios contrarios a la citada Ley GD.

Marcos Cintra, en su brillante artículo, publicado el 16 de febrero de 2023, denuncia lo desorganizados que estamos en lo que respecta al SEB (Sector Eléctrico Brasileño).

“Sector Eléctrico: hora de cooperar por el interés común: dice que la acción en Brasilia de más de dos docenas de asociaciones sectoriales que defienden intereses específicos y a menudo incoherentes genera una agitación febril que sacude un entorno institucional ya estructuralmente fragmentado. La falta de diálogo y coordinación entre segmentos dificulta la integración de agendas e impide la formación de consensos mínimos. Sin tener una visión sistémica que oriente a todos, las entidades representativas y los agentes económicos tienen incentivos para operar individualmente en busca de beneficios exclusivos. En este escenario, todos participan de los aportes, consultas y audiencias públicas de la Aneel –medio disponible para mejorar las reglas–, pero si no logran hacer prevalecer sus puntos de vista, apelan a la política o a la justicia. Al apelar periódicamente a las decisiones regulatorias, entidades y agentes colaboran para debilitar el papel de la Aneel, institución central para mantener un entorno de negocios relativamente predecible”.

En esta línea, para tener un control de la Legalidad en el ANEEL, según disposición expresa del artículo 30, párrafo único de la Ley 8.987/1995, es urgente que el sector, las asociaciones gremiales, los consumidores de energía y los empresarios del segmento de GD se alineen en la aplicación de la Ley 14.300/2022 y luchen por la creación de esta comisión.

Avancemos y trabajemos en recuperar el espacio de la generación distribuida en el escenario nacional con la creación de esta Nueva Comisión Supervisora.


Las opiniones e información expresada son responsabilidad exclusiva del autor y no necesariamente representan la posición oficial del autor. Canal solares.

ANEEL (Agencia Nacional de Energía Eléctrica) Curso de Estructuración Jurídica
Fotografía de Marina Meyer Falcao
Marina Meyer Falcão
Presidente de la Comisión de Derecho Energético de la OAB/MG. Profesor de la PUC en Estudios de Postgrado en Energía Solar. Secretario de Asuntos Regulatorios y Director Jurídico del INEL. Abogado especializado en Derecho Energético. Director Jurídico de Energy Global Solution. Coautor de tres libros sobre Derecho Energético. Miembro de la Cámara de Energía, Petróleo y Gas de la Federación de Industrias del Estado de Minas Gerais. Ex superintendente de Políticas Energéticas del Estado de Minas Gerais.
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Una respuesta

  1. LEONARDO Coelho dijo:
    4 de marzo de 2023 a 10: 23

    Trabajé durante algunos años en el sector de Telecomunicaciones donde el organismo regulador es ANATEL, mi percepción es que ANATEL está del lado de los consumidores que son la parte más frágil de este sistema. Ya el ANEEL parece que está del lado de las corporaciones distribuidoras, transmisoras y generadoras de energía. Desde que comencé a trabajar en el sector nunca la había visto tomar una decisión que favoreciera a los consumidores, especialmente a la generación distribuida. Comience con los plazos dados para resolver un problema. 5 días después de presentar una queja al distribuidor, entonces presentas una queja ante el defensor del pueblo del distribuidor, quien tiene otros 15 días para responder y solo entonces reclamas al ANEEL lo que da un plazo de otros 15 días.

    Responder

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