Las nuevas NCM (Nomenclatura Común del Mercosur) entran en vigor a partir de este viernes (1) en todo el país, trayendo repercusiones en la comercialización de equipos fotovoltaicos, como módulos y generadores solares.
Sin embargo, como ya informó Canal Solar, Acuerdo ICMS 117/96 (Acuerdo ICMS N° 117, de 13 de diciembre de 1996) debe asegurar que los kits de generadores fotovoltaicos sigan recibiendo el mismo trato impuesto.
El acuerdo determina que en caso de reclasificaciones, agrupaciones y escisiones de códigos NCM, el tratamiento fiscal de los Acuerdos y Protocolos ICM/ICMS sigue vigente en relación con los bienes y activos clasificados en dichos códigos.
Lo que significa que, a pesar de que se hayan producido las reclasificaciones de NCM, las empresas que operan en el mercado fotovoltaico pueden seguir obteniendo la exención del ICMS a través de Acuerdos ICMS N° 101/97 e 114/17.
CONFAZ solicita aplazamiento
Recientemente, CONFAZ (Consejo Nacional de Política Financiera) envió una carta al Ministerio de Economía solicitando cambiar la fecha de vigencia de la Resolución GECEX N° 272/2021 al 1 de agosto de 2022.
Sin embargo, hasta este jueves (31), el Ministerio de Economía no emitió ninguna postura, por lo que la fecha de vigencia de las nuevas NCM sigue siendo el 1 de abril.
Minas Gerais
Este jueves (31), la Superintendencia Tributaria del Estado de Minas Gerais publicó el Comunicado N° 002/2022, que contiene un texto similar al del Acuerdo ICMS N° 117/96.
El comunicado señala que: “a partir del 1 de abril de 2022, las reclasificaciones, agrupaciones y escisiones de códigos NCM no implican cambios en el tratamiento fiscal previsto en la legislación tributaria estatal, sujeto a la adecuada correlación entre los nuevos códigos y los anteriormente aplicables "
Además, el comunicado orienta sobre la conducta de los contribuyentes al momento de diligenciar los documentos tributarios a partir de esta fecha, a través de la siguiente nota:
“el contribuyente deberá informar en los documentos tributarios la clave NCM vigente, observando el mismo tratamiento tributario atribuido al bien y mercancías antes de su reclasificación, agrupación o escisión”.
El texto refuerza además que: “en relación con la sustitución de impuestos, dichos cambios no implican la inclusión o exclusión de bienes del régimen ni ningún cambio al Código de Especificación de Sustitución de Impuestos (CEST).
Orden de seguridad
Ante este escenario, a ABSOLAR (Asociación Brasileña de Energía Solar Fotovoltaica) decidió interponer medidas cautelares en varios estados.
“Estamos trabajando para obtener las primeras medidas cautelares en los próximos días. Esto traerá otra capa de seguridad fiscal para proteger a nuestros afiliados en relación con el cobro del ICMS sobre equipos y sistemas fotovoltaicos”, dijo Rodrigo Sauaia, director general de la entidad, en un video difundido por ABSOLAR en las redes sociales.
En este mismo video, el ejecutivo también anunció que la Asociación también elaboró una nota técnica con prácticas comerciales que pueden ser adoptadas por sus miembros para minimizar posibles pérdidas ocasionadas por las nuevas nomenclaturas.