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Reforma fiscal: ¿los cambios afectarán a las empresas del sector solar?

El presidente de la Cámara de Diputados, Arthur Lira, afirmó que la propuesta será una prioridad

La reforma tributaria, propuesta en Proyecto de ley 2337 / 21Debería ser una prioridad para el regreso de los diputados a sus actividades, según Arthur Lira (PP-AL), presidente de la Cámara de Diputados. Según el parlamentario, la reforma fiscal puede votarse con "gran tranquilidad", ya que el tema ya está bien desarrollado entre los líderes de los partidos.

Lira también afirmó en sus redes sociales que el relator de la reforma tributaria, diputado Celso Sabino (PSDB-PA), seguirá su sugerencia de mantener exenta la distribución de utilidades y dividendos de las micro y pequeñas empresas.

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Se estima que este cambio beneficiará a más de 5,6 millones de empresas que opten por el Simples Nacional. “Todas las empresas del Simples Nacional seguirán sin pagar impuestos sobre utilidades y dividendos”, informó el presidente de la Cámara.

Para Einar Tribuci, abogado especializado en el sector de energía solar y director fiscal de ABGD (Asociación Brasileña de Generación Distribuida), “las inversiones arriesgadas en la economía real, como es el caso en el sector energético, pierden atractivo con la introducción de impuestos sobre los dividendos , que llega a ser igual, o incluso mayor que el del mercado financiero en algunos casos, además de las inversiones a través de deuda”.

Tribuci también destacó que el cambio en la tributación corporativa también es motivo de preocupación. “Con la propuesta se limita el uso de pérdidas fiscales para las empresas que opten por el beneficio real, además de extinguir el régimen anual, a mantener únicamente el régimen trimestral. En la práctica, es como si el período de un año se analizara fiscalmente cada tres meses”, explica.

Según el abogado, este cambio afecta desde los actores activos, como las generadoras, hasta las distribuidoras de equipos que tienen fuertes variaciones en sus ingresos a lo largo del año, no siendo lineales a lo largo de todo el período, y que es precisamente el caso de las empresas que hoy optan por para el régimen trimestral cuyo objetivo es la planificación de caja, ya que el IRPJ y el CSLL se pueden pagar trimestralmente en tres cuotas.

Cuestionado sobre el impacto para los integradores, Tribuci recordó que “el límite para adoptar el Simple Nacional es una facturación de hasta R$ 4,8 millones por año, lo que no está permitido para algunas sociedades, según lo establecido en el Ley Complementaria 123 / 2006, como, por ejemplo, empresas que sean generadoras, transmisoras, distribuidoras o comercializadoras de energía eléctrica”.

“De esta manera, los integradores que están sujetos al Simples Nacional no se verán afectados de ninguna manera. Y aquellos con ingresos superiores a R$ 4,8 millones, siempre que distribuyan dividendos de hasta R$ 20 mil mensuales, tampoco se verán afectados. Todos los demás, que ganen más de R$ 4,8 millones y distribuyan dividendos superiores a R$ 20 mil, serán afectados”, concluyó.

Ericka Araújo
Acerca del Autor
Ericka Araújo

Gerente de Comunicaciones de Canal Solar. Presentador de Papo Solar. Desde 2020 sigue el mercado de las energías renovables. Tiene experiencia en la producción de podcasts, programas de entrevistas y elaboración de artículos periodísticos. En 2019 recibió el Premio Periodista Tropical 2019 de la SBMT y el Premio de Periodismo FEAC.

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