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MPF envía recomendación a ANEEL sobre el marco regulatorio para la generación distribuida

El documento fue elaborado por la Cámara de Consumo y Orden Económico del MPF (3CCR)

Según información publicada en el sitio web del MPF – Ministerio Público Federal, el organismo entregó a la Agencia Nacional de Energía Eléctrica (ANEEL) el pasado martes (26/11/2019) una recomendación que sostiene que cualquier cambio en el marco regulatorio para la generación distribuida (GD) de energía se implemente de manera gradual y participativa, garantizando seguridad jurídica a productores y consumidores en este mercado.

Regulada en 2012, la GD está presente en el 70% de los municipios brasileños y permite a los consumidores generar su propia energía eléctrica. La mayor parte de la GD que se utiliza hoy en el país se realiza a partir de sistemas de energía solar fotovoltaica, sector que se ve amenazado por los cambios propuestos por el ANEEL.

El documento fue elaborado por la Cámara de Consumo y Orden Económico del MPF (3CCR), que advierte sobre la inseguridad en el mercado creada por la posibilidad de un cambio significativo en el marco regulatorio. La revisión de las normas aplicables a la micro y mini generación de energía es objeto de una consulta pública impulsada por el organismo regulador hasta el 30 de diciembre.

Según Resolución 482/2012 de ANEEL, se permite el uso de cualquier fuente renovable para la GD, además de la cogeneración cualificada, siendo la microgeneración distribuida una planta generadora con una potencia instalada de hasta 75 kilovatios (kW), y la minigeneración distribuida aquella con una potencia superior a 75 kW y menor o igual a 5 MW, conectados a la red de distribución a través de unidades consumidoras.

Según la norma actual, cuando la compensación por la energía inyectada se realiza en baja tensión, los consumidores que tienen GD ya no pagan todos los componentes de la tarifa de suministro sobre la porción de energía consumida. Cambiando la resolución, la compensación de energía inyectada puede llegar a una proporción en la que sólo se compensará el 37% de la energía.

En la recomendación, 3CCR destaca que el desarrollo del sector de generación distribuida no depende de ningún subsidio gubernamental y crece de forma espontánea. Para el organismo, “las nuevas regulaciones propuestas frenarán significativamente la expansión de este mercado, trayendo inseguridad y perjuicios a las empresas y consumidores que ya han invertido en esta alternativa”.

El documento de la Cámara también señala que existe una creciente fuerza laboral empleada en la generación fotovoltaica, con alrededor de 100 mil trabajadores. Estos empleos “surgieron frente al modelo actualmente vigente, cuyo marco regulatorio permitió el inicio de un crecimiento consistente y modesto”, destaca un extracto de la recomendación.

Para garantizar la estabilidad regulatoria, el MPF sugiere, entre otras medidas, que el ANEEL realizar, a la mayor brevedad posible, comunicación pública a fin de garantizar la preservación de las normas vigentes para los consumidores que ya cuentan con generación distribuida o accederán a ella hasta que se emita la nueva normativa. También recomienda que la agencia evalúe el mantenimiento de las reglas actuales hasta que la energía distribuida alcance al menos el 5% de toda la energía producida en el país.

consulta pública – En octubre de este año, el MPF abrió un procedimiento administrativo para examinar la regularidad de la consulta pública realizada por el ANEEL sobre el tema, que comenzó el 15 de octubre y finalizará el 30 de diciembre, luego de una extensión esta semana. La decisión de abrir el procedimiento se tomó para verificar si existía vulneración de valores consagrados en la Constitución, como la libertad de iniciativa.

La recomendación del 3CCR sugiere, entre varias medidas, que se analice la conveniencia de formular una nueva consulta pública, con un método regulatorio de generación distributiva más integral y un período de vigencia superior a 180 días, además de realizar audiencias públicas en todo Brasil.

Fuente: Ministerio Público Federal 

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