El Ministerio de Minas y Energía (MME) publicó este lunes (1 de junio) la Ordenanza N° 135, que establece las directrices para la celebración de las Subastas de Energía Existente “A-1”, “A-2” y “A-3” de 2026.
Se prevé que las subastas se celebren en noviembre de este año. Los contratos tendrán una duración de suministro de dos años, comenzando en enero de 2027 para la subasta “A-1”, en enero de 2028 para la “A-2” y en enero de 2029 para la “A-3”.
El objetivo de las subastas de energía existente es contratar energía de centrales eléctricas que ya están en funcionamiento comercial, garantizando así que la demanda de los distribuidores se satisfaga en los próximos años utilizando la energía ya disponible en el sistema.
La cantidad de energía que se negociará se determinará en función de las Declaraciones de Necesidad presentadas por los distribuidores a lo largo del proceso.
A diferencia de otras subastas en el sector eléctrico, las Subastas de Energía Existente no implican la contratación de energía. Su objetivo es reponer las carteras de los distribuidores mediante nuevos CCEAR (Contratos para la Comercialización de Energía Eléctrica en el Entorno Regulado), sustituyendo los contratos próximos a expirar.
El decreto prevé la negociación de productos por cantidad, mediante CCEAR (Contratos para la Venta de Energía en el Mercado Regulado), con participación abierta a todas las fuentes de generación. Entre los puntos clave del modelo destaca el mantenimiento de precios sin ajuste durante la vigencia de los contratos, práctica ya adoptada en subastas anteriores.
Según el Ministerio de Minas y Energía (MME), la medida tiene como objetivo contribuir al proceso de desindexación de las tarifas eléctricas en el Entorno de Contratación Regulada (ACR), ya que los precios negociados en las subastas "A-1", "A-2" y "A-3" no se reajustarán durante la vigencia de los contratos.
Calendario para distribuidores
Los distribuidores interesados en participar en las subastas de energía existente de 2026 deberán presentar sus declaraciones de necesidad entre el 11 y el 21 de agosto, según las directrices que publicará el Ministerio de Minas y Energía (MME).
En estas declaraciones, los agentes deben informar los volúmenes de energía necesarios para satisfacer plenamente las necesidades de sus mercados de consumo, considerando el inicio del suministro en enero de 2027, 2028 y 2029, según el producto contratado.
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