El STF (Supremo Tribunal Federal) concluyó este jueves (14) el juicio que confirmó la validez de la Ley 14.385/2022. La norma garantiza que las distribuidoras de electricidad repercutan íntegramente a los consumidores los créditos fiscales obtenidos tras la exclusión del ICMS de la base de cálculo del PIS/Cofins, importes que se habían cobrado indebidamente en el pasado.
En el entendimiento del Tribunal, el plazo para que se realicen las devoluciones será de diez años, contados desde el momento en que las empresas reciban los créditos de vuelta o tengan definitivamente aprobada la compensación.
La decisión establece que, al realizar la transferencia, los distribuidores podrán deducir los impuestos que graven la devolución y los honorarios legales pagados específicamente para garantizar estos recursos en juicio.
Desde 2021, se han devuelto más de R$ 44 mil millones a los consumidores mediante reducciones en las tarifas de electricidad, según datos de ANEEL (Agencia Nacional de Energía Eléctrica). Para este año, se prevé la transferencia de R$ 5,8 millones adicionales.
Aún no está claro si la decisión afectará las tarifas en los próximos años. En algunos casos, las facturas de electricidad podrían ajustarse para revertir los montos ya reembolsados, pero ANEEL afirmó que sólo se pronunciará después de la publicación oficial del fallo.
Contexto de la acción
La disputa llegó al Supremo Tribunal Federal a través de una demanda interpuesta por Abradee (Asociación Brasileña de Distribuidores de Energía Eléctrica). La organización impugnó puntos de la ley, alegando que la nueva asignación de los fondos ya transferidos violaría derechos adquiridos y alteraría los efectos de las sentencias judiciales ya dictadas.
El argumento de las distribuidoras fue que los créditos incorporados a los activos de las empresas no podían redistribuirse a los consumidores bajo las nuevas normas. Sin embargo, el Tribunal Supremo rechazó esta interpretación, priorizando los reembolsos completos a los usuarios del servicio.
Pilares de la decisión
En la sesión, los ministros definieron que:
- El plazo de prescripción para la devolución es de diez años, contados desde la efectiva restitución o aprobación de la indemnización efectuada.
- Se permite la deducción de impuestos y honorarios específicos de abogados relacionados con la recuperación de créditos.
El entendimiento se consideró más favorable para los consumidores, ya que plazos más cortos o hitos de conteo diferentes podrían permitir a los distribuidores retener una parte significativa de las cantidades.
¿Cómo funciona el ICMS en la energía solar? cursos de Canal Energía solar¡Entiendes esto y mucho más!
todo el contenido de Canal Solar está protegido por la ley de derechos de autor y queda expresamente prohibida la reproducción parcial o total de este sitio en cualquier medio. Si estás interesado en colaborar o reutilizar alguno de nuestro material, te pedimos que te pongas en contacto con nosotros vía correo electrónico: redacao@canalsolar.com.br.
Una respuesta
Buenas tardes, soy de RJ y la compañía Light me ha estado cobrando el ICMS por el subsidio durante tres meses. Tengo energía solar instalada. ¿Qué debo hacer?