O TCU (Tribunal Federal de Cuentas) determinó la abriendo una investigación delante de Presuntos indicios de comercialización ilegal de créditos energéticos. electricidad dentro del alcance de segmento de Micro y minigeneración distribuida.
A La decisión se tomó después de que AudElétrica (Unidad Especializada de Auditoría de Energía Eléctrica y Nuclear), presentar una protesta contra el ANEEL (Agencia Nacional de Energía Eléctrica), con el objetivo de implementar acciones de supervisión y mejorar la regulación de las suscripciones de energía.
Según el entendimiento preliminar de AudElétrica, los actuales modelos de “suscripción”, en los que la planta generadora es arrendada, presentan “una característica análoga a la comercialización en el mercado cautivo”.
“Esta no es una simple representación. oh Documento AudElétrica Tiene 35 páginas, está muy bien fundamentado e incluye un examen de casos concretos de empresas que operan en este mercado ofreciendo descuentos en la factura energética”, destaca Thiago Bao Ribeiro, abogado especialista en GD (generación distribuida) y director general de la firma Bao Ribeiro Abogados.
Conforme la representación de AudEléctrica, ya que oferta de las empresas analizadas “firma energética”, cuyos modelos de negocio apuntan a una venta irregular de electricidad en el SCEE (Sistema de Compensación de Energía Eléctrica).
“Los argumentos presentados para atraer clientes sugieren una venta encubierta de energía/créditos de energía/excedentes de energía”, destaca la representación.
O El documento tampoco perdonó a los distribuidores. que operan en este segmento. Se analizó la publicidad y los contratos con los consumidores de las principales distribuidoras de energía que operan en micro y minigeneración distribuida.
Según el TCU, el papel de los distribuidores en este mercado ha potencial conflicto de intereses.
“A esto se suma una interpretación sistemática y la estructura topográfica de la Ley 14.300/2022, que invariablemente ubica a los concesionarios y participantes de la SCEE en lados opuestos”.
Como posibles causas de esta situación, el TCU enumeró fallas en el seguimiento de la ANEEL, fallas en la regulación, tarifas elevadas, facilidad para crear y cambiar asociaciones y cooperativas, con características de ilegalidad en los arreglos creados, facilidad para cambiar la propiedad de las unidades de consumo para uso de autoconsumo remoto o generación distribuida, entre otros.
O Ministro del TCU, Antonio Anastasia, dio la bienvenida a la representación, determinando (en resumen) que ANEEL:
● Ser oído en un plazo de 15 días sobre indicios de irregularidad;
● Desarrollar, en un plazo de 60 días, un plan de inspección para identificar y eventualmente sancionar los casos de comercialización, aunque sea indirecta, de energía, créditos o excedentes de electricidad del MMGD;
● Elaborar, en un plazo de 80 días, un plan de acción para regular la materia;
● Incluir en el mencionado plan de acción acciones relativas a la situación de proyectos ya catalogados como micro y mini generación distribuida.
Según Bao Ribeiro, la decisión del TCU introduce un “inseguridad jurídica innecesaria, poniendo en tela de juicio disposiciones ya establecidas y reconocidas por la Agencia Reguladora, que también están respaldadas por la legislación federal (Ley 14.300/2022), encargada de establecer el marco legal para la generación distribuida en el país”, dijo.
Debido a esta representación, el abogado destaca que más que nunca es “urgente” que los empresarios de la DG revisen sus contratos para no ser excluido del GD. “Es posible que los contratos estén dentro de las cuatro líneas de la normativa vigente”, destacó.
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