A ANEEL (Agencia Nacional de Energía Eléctrica) actualizó los valores de TEO y TEOItaipu (Optimización de Tarifas Energéticas) y el TSA (Tarifa de Servicios Auxiliares), así como los límites de la PLD (Precio de Liquidación de Diferencia).
La decisión fue tomada en el reunión pública extraordinaria del consejo celebrada este jueves (29). Los valores fijos, con efectivo a partir de 2023, son:
- TEO: R$ 15,05/MWh (reales por megavatio-hora);
- TEOItaipu: R$ R$ 69,04/MWh (sesenta y nueve reales con cuatro centavos por megavatio-hora);
- TSA: R$ R$ 9,02/Mvar-h (nueve reales y dos centavos por Megavar-hora).
Según la Agencia, el TEO está destinado a cubrir los costos incrementales de operación y mantenimiento de las centrales hidroeléctricas y a pagar una compensación financiera por la energía intercambiada en el Mecanismo de Reasignación de Energía (MRE) de la CCEE (Cámara de Comercialización de Energía Eléctrica). Se actualiza anualmente con base en la variación de los índices de inflación IGPM e IPCA.
El TEOItaipu, en cambio, se calcula en base a las cuotas referidas al pago de la transferencia de energía del Paraguay, regalías y la administración de la planta por parte de Eletrobras.
“La conversión del valor, en dólares, de los costos estimados de generación de la UHE Itaipú a la moneda nacional debe realizarse utilizando el promedio geométrico diario de las Cotizaciones de Cierre de Impuestos en dólares estadounidenses, publicadas por el Banco Central de Brasil, en el período desde el 1 de diciembre del año anterior hasta el 30 de noviembre del año de cómputo”, explicó el ANEEL.
Finalmente, la CST sirve para remunerar los costos adicionales de operación y mantenimiento de las unidades generadoras que son solicitadas por el ONS (Operador del Sistema Eléctrico Nacional) para operar como compensadores síncronos.
PLD
A ANEEL También señaló los límites máximos y mínimos del PLD para el año 2023. “Considerando la variación del IPCA para el período diciembre/2021 a noviembre/2022, del orden del 5,90%, sobre el valor de los PLDmax_estructurales y PLDmax_hourly establecido en la Resolución Aprobación nº 2.994/2021, calculamos que el PLDmax_estructural para 2023 será de R$ 678,29/MWh y el PLDmax_horario para 2023 será de R$ 1.391,56/MWh”.
El valor mínimo del PLD (PLDmin) debe ser el valor más alto entre TEOItaipu y TEO. Por lo tanto, el valor PLDmin para 2023 fue de R$ 69,04/MWh. (sesenta y nueve reales con cuatro céntimos por megavatio-hora).
referencias
Durante la reunión del Directorio, el ANEEL Asimismo, determinó que en el proceso ARR (Evaluación de Resultados Regulatorios) de los límites máximo y mínimo de PLD y el valor de la TEO (Tarifa de Optimización Energética), previsto en el art. 32 del REN 1.032/2022, se evalúan las preguntas presentadas por los agentes.
También se definió que las declaraciones presentadas por los agentes deberán ser remitidas al Ministerio de Relaciones Exteriores, para su debida valoración sobre la existencia de divergencias que puedan dar lugar a un posible cambio de interpretación o incluso modificación de la norma cuestionada, de manera de manera armonizada con los términos del Tratado, a fin de proteger las competencias de ambos países signatarios.
Finalmente, la Junta determinó que debería haber interacción entre los ANEEL con los miembros brasileños del Consejo de Administración de Itaipú, directamente o a través del MME (Ministerio de Minas y Energía), para discutir posibles sugerencias para mejorar la redacción y las formas de aplicación de las normas contenidas en el Tratado de Itaipú y sus Anexos, para su uso en la regulación sectorial brasileña.