A aprobación del PL 5829, con modificaciones, en el Senado Federal, la noche del miércoles (15), fue celebrado por dos de las mayores entidades del sector de las energías renovables del país: ABSOLAR (Asociación Brasileña de Energía Solar Fotovoltaica) y ABGD (Asociación Brasileña de Generación Distribuida).
Las dos asociaciones destacaron, este jueves (16), tras analizar el documento, que el nuevo texto fue aprobado y que pasará a votación final en la Câmara dos Deputados, debería traer más seguridad jurídica e inversiones al sector fotovoltaico brasileño, especialmente para proyectos residenciales y comerciales.
Rodrigo Sauaia, director general de ABSOLAR, dijo que el nuevo documento mantiene las principales características de la propuesta que ya había sido aprobada en la Cámara de Diputados, en agosto de este año. El director también garantizó que las modificaciones insertadas no son la esencia del documento.
“La propia generación de energía solar es actualmente una de las mejores alternativas para evitar banderas arancelarias y, así, aliviar el bolsillo de ciudadanos y empresarios en este periodo de escasez de agua”, afirmó.
Bárbara Rubim, Vicepresidenta de Generación Distribuida de ABSOLAR, destacó que la propuesta fortalece la diversidad y seguridad del suministro eléctrico del país. Según ella, la medida debería ayudar a aliviar los efectos de la crisis del agua en el sector eléctrico y reducir las facturas de electricidad de todos los consumidores.
“Además de limpia y competitiva, la energía solar se implementa rápidamente: en pocos días se puede instalar un nuevo sistema solar autogenerado en una casa o un pequeño negocio, lo que supone una reducción de hasta el 90% en los costes de la factura eléctrica” , comentó.
Guilherme Chrispim, presidente electo de ABGD para el bienio 2022/2023, afirmó que las reglas establecidas en el nuevo documento serán un buen punto de partida para promover nuevos proyectos de generación distribuida. “Ya estamos estructurando acciones dentro de la Asociación para cuidar la calificación del sector, como capacitación de personas y certificación de profesionales y empresas”, destacó.
PL 5829
El texto final del PL 5829 mantuvo las reglas vigentes hasta 2045 para los consumidores que soliciten acceso a la distribuidora hasta 12 meses después de la publicación de la Ley. El documento también prevé un período de transición para quienes ingresen después del período de gracia, con pago. del cable B escalonado TUSD (Tarifa de Uso del Sistema de Distribución). Mira el gráfico a continuación:

Además, el CNPE (Consejo Nacional de Política Energética) y el ANEEL (Agencia Nacional de Energía Eléctrica) tendrá 18 meses, a partir de la publicación de la Ley, para establecer los lineamientos y valoración de los costos y beneficios de la generación distribuida a implementarse luego del período de transición.
Actualmente, según datos de ABSOLAR, la generación propia de energía solar suma más de 7,9 GW de potencia instalada en el país, lo que representa más de la mitad de la capacidad de la planta de Itaipú. El segmento también trajo al país más de R$ 37,1 mil millones en inversiones y alrededor de R$ 9,4 mil millones en ingresos acumulados desde 2012, repartidos en las cinco regiones de Brasil. Actualmente la tecnología solar se utiliza en el 99,9% de todas las conexiones de autogeneración del país, liderando ampliamente el segmento.