O Canal Energía solar realizó, este martes (06), un live con reconocidos profesionales del mercado fotovoltaico nacional para hablar sobre los principales aspectos técnicos, legales y regulatorios de Resolución 1.098 / 2024, publicado por ANEEL (Agencia Nacional de Energía Eléctrica) el 31 de julio.
El documento proporciona definiciones y escenarios donde se eliminará la necesidad de análisis de inversión de flujo por parte de las distribuidoras eléctricas para sistemas de generación micro y minidistribuida. Dada su complejidad, la nueva resolución aún plantea numerosas preguntas entre integradores, inversores, consumidores y otros profesionales del sector fotovoltaico, quienes desean saber cómo deberían comportarse en el mercado en relación con el rendimiento de sus empresas y negocios.
ANEEL publica resolución sobre reversión de flujos en el Boletín Oficial
La vida de Canal Solar recibió explicaciones técnicas de Bruno Kikumoto, CEO de la empresa; Bernardo Marangon, director de Prime Energy (empresa del grupo Shell); Geraldo Silveira, ingeniero responsable de CS Consultoria; y Pedro Dante, socio del área de energía de Lefosse Advogados.
Aspectos legales y regulatorios
Dante explicó, en los primeros minutos de la transmisión en vivo, que la idea de la Agencia al publicar la resolución fue proponer un criterio simple y objetivo, con el fin de reducir la dependencia de grandes análisis que deben realizar las distribuidoras.
Dante destacó que uno de los puntos de la nueva resolución es la obligación de las distribuidoras de poner a disposición estudios completos y comprensibles a los que puedan oponerse los consumidores a quienes se les niega el acceso por la justificación de la inversión de flujo.
“Se debe brindar información sobre herramientas, parámetros y condiciones utilizadas (…) Los consumidores tendrán derecho a reclamar si no se presentan los estudios y las distribuidoras tendrán 10 días hábiles para responder las quejas”, destacó.
Además, la nueva resolución también exige que los estudios sobre inversión de flujo sean firmados por un gerente técnico de la distribuidora. "No digo que el problema se vaya a resolver, pero al menos el Organismo Regulador se preocupó de exigir a las distribuidoras que siguieran un estándar para estos análisis, de modo que todos pudieran comparar esta información", enfatizó Dante.
Finalmente, el profesional destacó que las nuevas reglas de la Resolución 1.098/2024 entraron en vigencia 60 días después de la fecha de su publicación, precisamente para que los distribuidores y el mercado en general puedan organizarse para acompañar las nuevas determinaciones.
Inversión de flujo: nuevos escenarios
Silveira destacó que el texto publicado por ANEEL Presenta tres escenarios en los que se descartará el análisis de inversión de flujo, a saber:
- Sistemas distribuidos de microgeneración y minigeneración que no inyectan energía a la red de distribución (zero-grid);
- Microgeneración distribuida que cumpla el criterio de gratuidad, cuya potencia de generación distribuida sea compatible con el consumo de la unidad consumidora durante el período de generación;
- Microgeneración distribuida que se encuadra en la modalidad de autoconsumo local, con potencia de generación instalada igual o inferior a 7,5 kW.
Durante la transmisión en vivo, el profesional ofreció ejemplos prácticos de situaciones reales para facilitar la comprensión del público. "El primero es bastante obvio: se trata de sistemas que no inyectan energía a la red. No tiene sentido emitir un informe de acceso con inversión de flujo si el consumidor no va a utilizar la red del distribuidor", comentó.
Silveira destacó el segundo ítem como el más complejo de analizar, mientras que en el tercero ya no habrá análisis de inversión de flujo para plantas fotovoltaicas de hasta 7,5 kW, siempre que no haya compartición de créditos excedentes con otras unidades consumidoras.
Impactos de la desregulación en la inversión de flujo en el sector solar
Viabilidad del proyecto
Respecto a la viabilidad de los proyectos de nuevas conexiones de micro y mini generación distribuida, Marangon evaluó que la nueva resolución de la ANEEL No impedirá que el mercado de la energía solar siga desarrollándose, ya que el inversor seguirá teniendo la posibilidad de instalar proyectos que no inyecten energía a la red o que respeten la simultaneidad.
Además, el director de Prime Energy señaló que la nueva resolución solo es válida para las localidades donde la distribuidora haya identificado una inversión de flujo. Es decir, en las regiones donde el problema no ha afectado a los instaladores de sistemas fotovoltaicos, se siguen emitiendo opiniones de acceso.
Otro punto planteado por Marangon fue la posibilidad de que el mercado de la energía solar encuentre nuevas soluciones a los problemas causados por la inversión de flujo, siendo la principal el uso de baterías en su portafolio de ventas. Kikumoto también defendió este mismo punto de vista.
Veo que muchas personas reciben estas tres condiciones e interpretan que todo lo que no cumple estos criterios tendrá un problema de inversión de flujo y punto. ¡No! Eso no está escrito en la resolución. Estos son solo los casos en los que se prescindirá del análisis. Si no cumple, no necesariamente habrá un problema, enfatizó.
Mira la transmisión en vivo completa
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Una respuesta
Todo lo que el gobierno pueda hacer para privilegiar a las Distribuidoras de Energía y seguir robando al ciudadano lo hará a través de reglas disfrazadas de reglas regulatorias y para acabar con la energía solar y con los inversionistas que ya han demostrado que los precios pueden bajar. Vendrá más regulación.