Un decreto estatal publicado a finales del año pasado generó cuestionamientos de los profesionales del sector solar, luego de que el documento fuera utilizado por dos concesionarias como justificación para reducir la exención del ICMS en la tarifa de energía (TE) de micro y minigeneración.
La medida fue adoptada por ENEL y CPFL, a través de un comunicado oficial a sus clientes. La segunda empresa incluso informó que a los partidarios de la DG (generación distribuida) solar se les reducirá su porcentaje de exención de impuestos del 100% al 78%.
“Estimado cliente, tras los Decretos 65.254 y 65.255 del 15/10/2020, el gobierno del Estado de São Paulo modificó la norma de exención del ICMS sobre energía inyectada para clientes con generación distribuida”, escribió la empresa.
También según el comunicado, respecto a la porción TE, la exención se aplicará según la siguiente tabla:

Aunque se afirma que este cambio se debe a una decisión del Gobierno del Estado de São Paulo, los documentos, firmados por el gobernador João Doria (PSDB), no lo mencionan claramente al consumidor, lo que hizo que muchos profesionales se preguntaran sobre la legalidad. de la medida adoptada por las dos empresas.
interrogatorio
En respuesta a Canal Solar, el Gobierno de São Paulo confirmó la versión presentada por las concesionarias e informó que el documento recibió una adición a Artículo 166 de la RICMS (Reglamento ICMS), que trata de exenciones para el sector de energía eléctrica en el segmento de micro y minigeneración.
La adición en cuestión era el punto 2 del párrafo único del Artículo 8 de la norma que regula el ICMS en el Estado. La medida permite a los distribuidores aplicar límites de exención de la siguiente manera:
- Suministro sujeto a una tasa del 25%: exención aplicada al 75% del valor de la transacción;
- Suministro sujeto a una tasa del 18%: exención aplicada al 77% del valor de la transacción;
- Suministro sujeto a una tasa del 12%: exención aplicada al 78% del valor de la transacción.
Al ser consultado sobre la necesidad de eliminar la exención en medio de una crisis hídrica, donde la promoción de proyectos solares podría ser una solución, el Estado respondió que “esta medida era necesaria debido al aumento exponencial de las exenciones fiscales –en este caso, observado principalmente en los últimos 2 años”.
Evaluación
El abogado João Paulo Marçal explica que con el cambio, los micro y minigeneradores tendrán un aumento en su carga tributaria, ya que además de pagar el ICMS que grava los TUSD, también “pagarán el mencionado impuesto estatal sobre la porción del TE no están cubiertos por la exención parcial”, dijo.
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Según él, es importante mencionar que “los cambios antes mencionados están vigentes desde el 15 de enero de 2021, extendiéndose hasta el 15 de enero de 2023, cuando se realizará la devolución de las exenciones totales a bienes que ahora cuentan solo con las exenciones parciales”, destacó. .
Respuestas de 6
Hola Henrique, buenos días.
Y pasamos 23 meses bajo esta reducción de beneficios. ¿Será posible que ahora se restablezca la exención total?
Gracias,
Leonardo
Eso es lamentable.
3 cosas mal:
los impuestos deben ser sólo para el saldo, no para el total.
además de que no devolvieron el 100% de la bandera roja, violando las normas de la Aneel.
También está el costo de la disponibilidad, que incluso si el consumidor consume más del mínimo durante la noche, igual tendrá que pagar extra por esta disponibilidad.
Ya he presentado una demanda ante el fiscal. Veamos qué hará esto.
La cantidad de ICMS cobrada me asustó:
Tuve una generación de 140kWh mayor que el consumo, aun así:
Factura de $99,24, de los cuales $17 es el canon de alumbrado público, el cual no incluye ICMS (por lo que el monto total imponible es $82,24)
ICMS total cobrado, después de todo el engaño que permiten estas reglas: $44,19 ==> 44,19/82,24 = 54% del valor ya con ICMS (o si usamos un cálculo más justo: 44,19/ (82,24-44,19) = 116%!!!
Y todavía genera una señal de alerta, a pesar de que generé más de lo que consumí ==> ¡contribuyo al sistema y sigo pagando impuestos!
¡Un impuesto antes que el impuesto! ¡Es un momento terrible el que estamos pasando! El incentivo ya es poco y lo que hay se lo quitan. “Que alguien le diga a este tipo que ya nos cobran tantos impuestos como sea necesario” Acciones de Anel, entonces invirtamos allí.
Buenas noches Enrique. Gracias por las explicaciones. ¿Sabe si existe una petición que se pueda hacer para devolver la exención del 100% del ICMS?
Finalmente alguien publicó esto, el decreto es de enero y recién ahora hay una publicación sobre la irracionalidad (por no decir nada más) de este decreto, mejor tener un apagón que perder la oportunidad de batir otro récord de ingresos, hay ya son demasiados ingresos, pero utilice esta excusa. ¿Cree el gobernador que nadie sabe que tiene acciones de ENEL?