A Tribunal Federal de Río de Janeiro orden judicial concedida, el pasado jueves (19), para que el Enel Rio avanza con la solicitud de REIDI (Régimen Especial de Incentivos al Desarrollo de Infraestructuras) para una empresa de generación de energía solar para minigeneración distribuida.
La decisión sostiene que muchos empresarios están frustrados porque quieren ver su CAPEX reducido debido al beneficio REIDI, pero no pueden acceder a él por impedimentos impuestos por la distribuidora Enel Rio.
A Enel Río establece que la solicitud sólo puede presentarse después de la ANEEL (Agencia Nacional de Energía Eléctrica) estandarizar la procedimiento derivado de la Ordenanza 78/2024.
Pero el dictamen señala que el impedimento no es válido, ya que Ligera, otro distribuidor en el estado de Río, ya está enviando los formularios definidos por ANEEL para otorgar el beneficio.
"En este momento, no hay justificación para la negativa del distribuidor. continuar con los procedimientos legales, siendo oportunas las medidas legales para la continuación inmediata de los hechos”, afirma el dictamen.
“En un primer momento, la medida adecuada es distribución de mandamiento judicial contra la acción (u omisión) del concesionario del Servicio Público que niega la continuación del procedimiento administrativo”, continúa.
En un momento posteriory con el regularización de prestación legal, procede analizar cualquier solicitud de indemnización para cobrar a la distribuidora las pérdidas sufridas por el retraso en el procedimiento, afirma Einar Tribuci, abogado de Impuestos y Energía.
Descubre REIDI paso a paso
El REIDI fue otorgado mediante el art. 28 de la Ley Federal N° 14.300, lo que reduce la carga tributaria por la compra de equipos que se utilizarán para implementar activos de generación.
La reducción es del 1,65% de PISO y 7,6% COFINS, para la compra de equipos y 0,65% PIS y 3% COFINS para servicios.
A pesar de la ley federal, fue recién con la publicación del Reglamento Normativo N° 78 del MME (Ministerio de Minas y Energía), publicó el 4 de junio de 2024, que se pusieron a disposición los procedimientos para solicitar la clasificación de proyectos de minigeneración distribuida al REIDI.
Dentro de este contexto ANEEL creó un formulario estándar para que los empresarios lo completen y presenten al distribuidores de energia electrica.
Además, la Agencia fijó un plazo entre el día primero y el décimo del mes siguiente al recibir el pedido, para que los distribuidores puedan proceder con el envío al ANEEL de los datos previstos en el Anexo I de la Circular N° 10/2024-STD/ANEEL, del 22/08/2024.
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