El Tribunal Federal de la 1ª Región otorgada, esta semana, un parece favorable a una solicitud de mandamiento judicial contra ANEEL (Agencia Nacional de Energía Eléctrica).
La decisión obliga a la entidad a otorgar los beneficios de REIDI (Régimen Especial de Incentivos al Desarrollo de Infraestructura) para cinco proyectos fotovoltaicos de minigeneración distribuida, según lo previsto por la legislación brasileña.
La decisión surgió porque el Ley 14.300 / 2022 proyectos de minigeneración distribuida permitidos podría obtener el beneficio del REIDI.
En el sector de la energía solar, la La iniciativa tiene como principal ventaja la suspensión del pago del PIS/COFINS en la implementación de plantas, generando una reducción del 9,25% en CAPEX y aumentar la tasa de rendimiento de las inversiones en alrededor del 2%.
Para garantizar el beneficio, el MME (Ministerio de Minas y Energía) publicado el Ordenanza Normativa N° 78 en junio informando cuáles serían los trámites para acceder al REIDI.
Sin embargo, dentro de esta ordenanza, se describe que el paso a paso primero comienza en el distribuidor, luego va al ANEEL y luego al MME y al Receta Federal.
Sin embargo, para iniciar el proceso el inversor tuvo que rellenar un formulario ser puesto a disposición por ANEEL.
El problema es que el La agencia aún no ha emitido dicho documento., incluso con los requisitos de la ley vigente, la Ordenanza Normativa N° 78 e incluso un decreto de la Unión.
En este sentido, la falta de esta forma creó un obstáculo para disfrutar de este derecho por proyectos de minigeneración distribuida.
Debido a esto, el Tribunal determinó que el ANEEL evaluar los cinco proyectos en un plazo de 30 días y, si presentan las características necesarias de minigeneración distribuida, la Agencia estará obligada a emitir la ordenanza de clasificación REIDI y otorgar beneficios REIDI a estas plantas.
Eso fue el primer amparo otorgado por el organismo de justicia sobre el tema en el país, lo que puede abrir la posibilidad de que también se produzcan nuevas determinaciones. El auto de mandamus concedido por el tribunal fue interpuesto por el oficina Bao Ribeiro Abogados.
Según Thiago Bao Ribeiro, abogado fiscalista especializado en energías renovables y socio del despacho, la ausencia del formulario ANEEL, “a pesar de todas las normas publicadas que establecen el beneficio, impide al empresario aprovechar el ahorro que brinda el REIDI. Por eso fue necesario buscar los derechos del empresario ante el Poder Judicial”, dijo.
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