La complejidad del sistema brasileño de tarificación de la electricidad genera facturas difíciles de entender y analizar.
El objetivo de este artículo es mostrar cómo extraer información importante de estas facturas para el correcto dimensionamiento de un sistema fotovoltaico conectado a red.
La factura de la luz es el documento oficial que emite la distribuidora de energía al consumidor, con el objetivo de informar los costes que conlleva el suministro de electricidad.
Dichos costos incluyen TE (tarifa de energía), TUSD (tarifa de conexión y uso del sistema), alumbrado público, impuestos y cargos sectoriales. La factura energética es el punto de partida para dimensionamiento de un sistema fotovoltaico.
O PRODIST Módulo 11 (Trámites de Distribución de Energía Eléctrica) de ANEEL (Agencia Nacional de Energía Eléctrica) define la información obligatoria que se debe presentar en la factura, como identificación y dirección del consumidor, grupo (A o B), tipo de conexión (monofásica, bifásica o trifásica), energía consumido, demanda contratada, demanda medida, impuestos e historial de facturación.
No existe una plantilla o modelo común adoptado por las distintas distribuidoras de energía del país, pero en general las facturas tienen una norma de presentación común.
Consumidores del grupo B (tarifa convencional)
Esta categoría incluye hogares, escuelas, tiendas y pequeñas industrias. Los consumidores con estas características tienen un solo valor de tarifa, independientemente del horario de consumo (punta o valle). También tienen una tarifa monomial, es decir, solo pagan por el consumo y no tienen demanda contratada.
De la factura se puede concluir que se trata de un consumidor del Grupo B [2], con tarifa Convencional [1], conexión trifásica [3] con tensión de 127 V (fase-neutro) / 220 V (fase-fase ) [4]. El consumo registrado es de 717 kWh [5], pagando una tarifa de R$ 0,54 por cada kWh (con impuestos) [6], incluyendo una tarifa de Alumbrado Público de R$ 49,76 [8]. Los impuestos pagados [9] son ICMS (25%), COFINS (4,99%) Y PIS (1,08%).
Las facturas de energía también tienen un histórico de consumo mensual, y se basa en el consumo medio de los últimos 12 meses que se realiza el dimensionamiento del sistema fotovoltaico.
Los consumidores del Grupo B no tienen demanda contratada, pero tienen una tarifa mínima de disponibilidad. Esta tarifa se cobra incluso si no hay consumo de energía por parte de la UC (unidad consumidora), y tiene como objetivo que la distribuidora soporte los costos de operación y mantenimiento de la red de distribución. El valor de la tarifa mínima depende del tipo de conexión entre el punto de conexión y la empresa de servicios públicos (norma de entrada de energía), según la tabla.
| Tipo de conexión |
Tarifa mínima de disponibilidad |
| Monofásico (fase y neutro) o bifásico de dos hilos (2 fases) | Tarifa energética x 30 kWh |
| Trifásico trifásico (2 fases y neutro) | Tarifa energética x 50 kWh |
| Trifásico de cuatro hilos (3 fases y neutro) | Tarifa energética x 100 kWh |
La tarifa de disponibilidad mínima sólo se cobra si el consumidor no alcanza el consumo mínimo: 30 kWh, 50 kWh o 100 kWh – según la tabla. Si el consumidor tiene un consumo igual o superior al consumo mínimo, pagará únicamente por el consumo.
Para ejemplificar cómo y cuándo se cobra la tarifa mínima de disponibilidad, consideraremos al consumidor de la factura analizada anteriormente, que tiene una conexión trifásica a tres hilos y paga una tarifa de R$ 0,54 por kWh:
Situación 1: Consumo inferior a 100 kWh en un mes determinado
Como el consumo real del mes fue inferior al consumo mínimo (100 kWh), el consumidor pagará la tarifa mínima de disponibilidad. Ejemplo: consumo de 20 kWh, pagarías R$ 54,00 (0,54 [R$/kWh] x 100 [kWh]).
Situación 2: Consumo superior a 100 kWh en un mes determinado
Cuando el consumo real en el mes sea superior al consumo mínimo, el consumidor sólo pagará por la energía consumida. Ejemplo: consumo de 350 kWh, pagarías R$ 189,00 (0,54 [R$/kWh] x 350 [kWh]).
Además de pagar el consumo, el cliente también pagará el CIP (Contribución al Alumbrado Público) o COSIP (Contribución por el costo del servicio de Alumbrado Público) y también las banderas tarifarias adicionales (amarillas o rojas).
En resumen, la información necesaria para dimensionar el sistema fotovoltaico de este consumidor es:
| Agrupamiento | Grupo B |
| Modalidad Arancelaria | Convencional |
| Tipo de conexión | trifasica |
| Consumo Mínimo | 100 kWh |
| Tarifa mínima de disponibilidad | U$D 54,00 |
| Voltaje de conexión | 127 V / V 220 |
| Tarifa de Energía con Impuestos | U$D 0,54 |
| Consumo medio mensual (últimos 12 meses) | 635 kWh |
Consumidores del grupo A (tarifa horaria-estacional)
Esta categoría incluye medianas y grandes industrias, hospitales, universidades, centros comerciales y grandes empresas.
Los consumidores de estas características tienen tarifas con valores diferentes en función de los periodos del día en los que se produce el consumo, los denominados periodos Punta y Valle.
Las horas punta se caracterizan por el periodo de 3 horas consecutivas de mayor demanda de la red, generalmente entre las 18:00 y las 21:00 horas de lunes a viernes (de lunes a viernes).
Corresponde a cada concesionario definir qué período de 3 horas será hora punta. También tienen una tarifa binomial, es decir, además de pagar el consumo, también pagan la demanda contratada.
La demanda contratada es una forma de renta de la estructura física de la red de distribución. Determina la potencia máxima instantánea que se puede consumir de la red de distribución, debiendo el distribuidor de energía garantizar esta potencia de forma continua.
La demanda contratada deberá ser pagada en su totalidad, se utilice o no durante el periodo de facturación.
Si en un momento dado la demanda utilizada es superior a la cantidad contratada, además de pagar el importe extra del rebasamiento, el consumidor también pagará una multa proporcional al rebasamiento.
Al tratarse de potencia y no de energía, la demanda contratada se da en kW (no en kWh). La demanda contratada también puede ser única (hora estacional verde) o variable según la hora del día (hora estacional azul), una demanda contratada para la hora Punta y otra para la hora Valle.
Las facturas del grupo A contienen una gran cantidad de información, lo que hace que su interpretación sea un poco más complicada que las facturas del grupo B. Veamos la siguiente factura de energía:
De la factura se puede concluir que se trata de un consumidor del GRUPO A [1], con tarifa VERDE HORARIO DE TEMPORADA [2], conexión TRIFÁSICA [3], en tensión de 13,8 kV [4] con DEMANDA CONTRATADA de 240 kW [5], siendo el costo de cada kW de demanda contratada R$ 14,68 [11]. La energía consumida durante las horas PICO fue de 5.002 kWh [6] y la energía consumida durante las horas APAGADA fue de 60.908 kWh [7]. La TARIFA total (TE + TUSD) durante las horas PICO fue de R$ 1,47 [9] por cada kWh (impuestos incluidos), la TARIFA total (TE + TUSD) durante las horas FUERA DE PONTA fue de R$ 0,30 [ 10]. Los impuestos pagados [9] son ICMS (25%), COFINS (4,99%) y PIS (1,08%). El número de Unidad de Consumo (CU) es 123456789 [7], que es el número de registro ante el distribuidor.
En resumen, la información necesaria para dimensionar el sistema fotovoltaico de este consumidor es:
| Agrupamiento | Grupo A |
| Modalidad Arancelaria | Tiempo estacional verde |
| Tipo de conexión | trifasica |
| Demanda contratada en horas pico | 240 kW |
| Demanda Contratada en Horas Valle | 240 kW |
| Voltaje de conexión | 13.800 V |
| Tarifa Ponta con impuestos | U$D 1,474 |
| Tarifa en Fora Ponta con impuestos | U$D 0,306 |
| Consumo medio mensual (últimos 12 meses) | 58,598 kWh |




Respuestas de 2
Buenas Tardes!
Bueno, soy de la industria de equipos de lavandería y quiero migrar a la energía solar, especialmente en el norte de Minas Gerais, estoy profundizando en el sector...
Excelente artículo, felicidades.