O Procon (Programa de Protección y Defensa del Consumidor) de la Ministerio Público de Piauí estableció un procedimiento administrativo contra a ecuatorial Piauí, bajo la firma del fiscal Nivaldo Ribeiro.
O El procedimiento se inició tras quejas de los consumidores. sobre "cargos abusivos e indebidos refiriéndose a Impuestos sobre la producción de energía solar.”, tanto en unidades productoras como beneficiarias, con impacto a principios de este año.
A concesiónSegún Procón, no proporcionó “aclaraciones plausibles” sobre cómo se realiza el cálculo de sus respectivos valores incluidos en las facturas de consumo.
Para la agencia de protección al consumidor es necesario que la empresa aclare la base de los cálculos utilizado en el cobro de tarifas.
En una respuesta preliminar a los consumidores, Equatorial aclaró los registros de cálculo de GD-I, GD-II y GD-III, la base legal del cobro, la justificación del cobro y el número de consumidores actualmente registrados ante la distribuidora de GD-I. , GD-II y GD-III.
Para Procon, el La práctica del distribuidor puede estar violando las determinaciones de los CDC. (Código de Protección al Consumidor).
En la orden de inicio del procedimiento, el Procon ordenó notificación a Ecuatorial, en un plazo de 15 días hábiles, presentar detalladamente:
- El informe de cálculo detallado utilizado por el concesionario, destacando la base utilizada para calcular los impuestos que gravan la energía compensada por generación distribuida;
- Indique qué leyes, resoluciones, acuerdos o decretos se están utilizando como base para la imposición de estos impuestos, ya que las exenciones previstas por la ley son claras y específicas;
- Proporcionar justificaciones para los cobros discrepantes entre unidades clasificadas como tipos de proyectos: GD I, GD II y GD III;
- Ingrese el número de consumidores GD I, GD II y GD III en el proceso de recaudación de impuestos.
O Procon también destacó que oficiará el ANEEL (Agencia Nacional de Energía Eléctrica) para emitir dictamen técnico-jurídico sobre la regularidad de la carga ICMS (Impuesto sobre Circulación de Bienes y Servicios) sobre el TUSD (Tarifa por Uso del Sistema de Distribución) a los consumidores del Estado de Piauí.
Finalmente el organismo de protección al consumidor destacó que también oficiará ante la Sefaz-PI (Secretaría de Estado de Hacienda de Piauí) solicitando una consulta tributaria formal para poder emitir un dictamen oficial sobre el caso.
¿Qué dice Piauí Ecuatorial?
En un comunicado, Equatorial Piauí afirmó que, como concesionaria de distribución de energía eléctrica, cumple con las normas del sector eléctrico brasileño y con la legislación tributaria federal, estatal y municipal.
La empresa también destacó que “las distribuidoras de energía son agentes recaudadores de impuestos. Por lo tanto, los montos cobrados en las facturas de energía eléctrica, como Impuesto a la Circulación de Bienes y Servicios – ICMS, se traspasan íntegramente al Ente Tributario, de conformidad con las normas del Gobierno del Estado”, destacó la entidad.
Informe actualizado a las 17:46 pm.
todo el contenido de Canal Solar está protegido por la ley de derechos de autor y queda expresamente prohibida la reproducción parcial o total de este sitio en cualquier medio. Si estás interesado en colaborar o reutilizar alguno de nuestro material, te pedimos que te pongas en contacto con nosotros vía correo electrónico: redacao@canalsolar.com.br.
Respuestas de 4
¡Buenas noches! Han pasado ocho meses desde que instalé energía solar en mi casa y Equatorial Piaui no ha cambiado el medidor, ni ha encendido la energía solar en mi casa después de tantas solicitudes.
¡Buenas noches! Han pasado ocho meses desde que instalé energía solar en mi casa y el pisuí ecuatorial no enciende ni cambia el medidor
se está cargando en pb
Quisiera saber si se permite cobrar ICMS con carácter retroactivo al consumo de energía solar.