Un día después de que el Ministro Presidente del STJ (Tribunal Supremo de Justicia), Herman Benjamin, suspendiera monocráticamente el amparo que obligaba a la ANEEL (Agencia Nacional de Energía Eléctrica) para reembolsar a los generadores de energía eólica y fotovoltaica los cortes de generación, la ABSOLAR (Asociación Brasileña de Energía Solar Fotovoltaica) afirmó que seguirá luchando por el reconocimiento de los derechos de sus miembros.
El pasado lunes (22), Benjamín aceptó un recurso de ANEEL, coincidiendo con el argumento de la agencia de que el amparo otorgado a favor de ABEEólica y ABSOLAR, por la Quinta Sala del Tribunal Regional Federal de la 1ª Región, perjudicaría el orden público y económico, al transferir costos millonarios a los consumidores de energía.
Según el ministro del STJ, TRF1 no consideró plenamente los efectos de su decisión sobre otros agentes del sector eléctrico.
A ABSOLAR Dijo que la decisión del STJ “no hace nada y refuerza la convicción sobre la rigidez de los derechos de sus afiliados, sustentada desde hace más de 20 años por la Ley n. 10.848/2004 y en el Decreto n. 5.163/2004”.
Para la entidad, “los recortes de generación impulsados por el ONS (Operador Nacional del Sistema Eléctrico) impuestos a los empresarios por razones externas a las plantas, de ninguna manera relacionadas con su desempeño, pertenecen al sistema, y no deben concentrarse en los generadores solares. que no proporcionó la causa de estos eventos y no puede hacer nada para gestionarlos”.
ABSOLAR afirmó que los reembolsos no pueden esperar a que se desarrollen futuros trámites procesales y cita como ejemplo los cortes de generación realizados en septiembre de 2024, que registraron un récord para el año, impidiendo la producción de 800 MW promedio sólo con plantas fotovoltaicas.
“Como referencia, el monto de energía cortada en el mes de septiembre de 2024, de 850 MWavg de energía solar, representa una inversión de más de R$ 15 mil millones en fuentes solares, según valores de referencia utilizados por la Empresa de Investigación Energética (EPE). ) en la planificación sectorial”, destacó la asociación.
La entidad también sostiene que el pago de compensaciones a las generadoras “no perjudica al consumidor, que, de hecho, se ahorraría casi R$ 250 millones si se evitaran los recortes en las plantas renovables en el bienio 2022-2023, ya que las termoeléctricas más caras y Los contaminantes no tendrían que ser activados”.
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São Paulo, 23 de enero de 2025
Ayer, 22/01/2025, el Ministro Presidente del Tribunal Supremo de Justicia (STJ), Herman Benjamin, suspendió monocráticamente el recurso de la Quinta Sala del Tribunal Regional Federal de la 1ª Región, a favor de la Energía Solar Fotovoltaica de Brasil Asociación (ABSOLAR) y la Asociación Brasileña de Energía Eólica y Nuevas Tecnologías (ABEEÓLICA), que determinó el reembolso total de los afiliados por los eventos de corte de generación (restricción de operación por restricción de operación, registrado a partir de la fecha del 04/12/2024).
Este reembolso está previsto que hoy se realice en relación con los eventos de corte clasificados como “indisponibilidad externa” e “incidencia de la asignación horaria”. La decisión del Ministro Presidente del STJ, que no abordó el fondo de la acción de las asociaciones, se limitó a simplemente desestimar las razones por las que la medida cautelar había sido previamente concedida a favor de la ABSOLAR y ABEEÓLICA para una indemnización de todos y cada uno de los tribunales, bajo el argumento de que la decisión del Tribunal debe reservarse para el momento inmediatamente posterior a la sentencia de los futuros recursos de las partes.
De esta manera, la decisión no disuade en modo alguno e incluso refuerza la convicción de los ABSOLAR sobre la rigidez de los derechos de sus afiliados, sustentada desde hace más de 20 años por la Ley núm. 10.848/2004 y en el Decreto n. 5.163/2004, pero reiterada y lamentablemente violada. De hecho, todo este proceso corrobora que los costos de los recortes de generación impulsados por el Operador Nacional del Sistema Eléctrico (ONS), es decir, impuestos a los empresarios por razones externas a las plantas, de ninguna manera relacionadas con su desempeño, pertenecen al sistema y No deberíamos centrarnos en los generadores solares, que no provocaron estos acontecimientos y no pueden hacer nada para gestionarlos.
A ABSOLAR También sigue convencido de que, contrariamente a la percepción expresada en la decisión de ayer, los reembolsos no pueden esperar (además de la larga espera ya impuesta en las décadas de ejercicio del derecho denegado) a que se desarrollen futuros trámites procesales para el pago a los generadores, especialmente porque , con la aplicación de la norma de la Agencia Nacional de Energía Eléctrica (ANEEL) impugnado por los agentes, las cantidades a recibir para 2023 y 2024 serán inferiores al 0,5% del total adeudado, es decir, prácticamente cero.
Cabe mencionar que esta compensación prácticamente nula contrasta con los recortes crecientes en términos de frecuencia e intensidad. En el mes de septiembre/2024, por ejemplo, se registró un número récord de cortes de generación en el año, lo que impidió la producción de más de 850 MWavg de energía promedio por parte de las plantas solares.
Como referencia, el monto de energía cortada en el mes de septiembre de 2024, de 850 MW promedio de energía solar, representa una inversión de más de R$ 15 mil millones en fuentes solares, según valores de referencia utilizados por la Empresa de Investigación Energética (EPE). en la planificación sectorial.
Así, los cortes de generación solar que se produjeron sólo en septiembre de 2024 inutilizaron inversiones por valor de más de 15 millones de reales.
Los efectos prácticos de los desincentivos económicos ya se están sintiendo y se ilustran con la importante reducción del 77% en las solicitudes de Órdenes de Registro de Subvenciones – DRO (nuevos proyectos renovables) entre 2021 (año de publicación de la primera versión del ANEEL impugnado) y 2024.
Además de los efectos nocivos en el segmento de generación renovable, la postura de ANEEL Es preocupante porque promueve una señal regulatoria distorsionada.
Debido a las restricciones indebidas a la compensación de los generadores solares impuestas por ANEEL, prácticamente no se atribuye ningún coste a los recortes en la generación renovable –y, por tanto, al desperdicio– de energía procedente de estas fuentes.
En la práctica, desde el punto de vista de la optimización económica del sistema, el Operador considera más económico desperdiciar energía limpia y renovable que la procedente de fuentes termoeléctricas, conocidas por ser más caras y contaminantes.
Datos oficiales extraídos del propio ONS revelan que, de no ser por los recortes de generación realizados en 2024, parte de la generación termoeléctrica utilizada en el mismo período podría haber sido satisfecha con la generación renovable que se vio frustrada.
Así, a diferencia del discurso propagado por ANEEL, el pago de la compensación no perjudica al consumidor, que, de hecho, se ahorraría casi 250 millones de reales si se evitaran los recortes en las plantas renovables en el bienio 2022-2023, ya que no sería necesario activar termoeléctricas más caras y contaminantes. .
Por lo tanto, con miras a preservar el segmento de generación solar –cuyo tema es decisivo para el mantenimiento de las inversiones en energías renovables en Brasil–, así como preservar a los propios contribuyentes de la carga tarifaria destinada a soportar los recortes de generación, la ABSOLAR continuará en la lucha por el reconocimiento de los derechos de sus miembros.
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