El tablero de ANEEL La Agencia Nacional de Energía Eléctrica (AEE) denegó, en el Circuito Deliberativo Ordinario celebrado ayer, 29, la solicitud de reconsideración presentada por Enel São Paulo contra la decisión que había rechazado realizar una evaluación técnico-pericial en el proceso administrativo que podría resultar en la rescisión de la concesión. Con esta decisión, la Agencia considera cerrada la fase de instrucción del procedimiento.
La solicitud de análisis de expertos estaba relacionada específicamente con fenómenos meteorológicos extremos, en particular con el ocurrido en diciembre de 2025.
Enel había defendido la necesidad de un análisis técnico independiente para evaluar las características de estos eventos y sus efectos en los indicadores utilizados en el proceso.
Sin embargo, al revisar la apelación, la ANEEL Se concluyó que no se ha presentado ningún hecho relevante que siga sin estar claro, ni se ha demostrado la necesidad de conocimientos técnicos diferentes a los ya disponibles en el proceso.
La Agencia también rechazó el argumento de que sería necesaria la opinión de un experto externo para garantizar la imparcialidad, haciendo hincapié en que sus responsabilidades legales incluyen la regulación, la supervisión, la instrucción y la toma de decisiones.
Otro punto destacado por la junta fue que el debate no se limita a la intensidad o excepcionalidad de los fenómenos meteorológicos. Para el organismo regulador, el proceso también debe considerar la preparación del concesionario, su capacidad operativa de respuesta y recuperación, además de las obligaciones permanentes de continuidad, regularidad, eficiencia y seguridad.
Según la Agencia, incluso si un análisis de expertos confirmara la naturaleza excepcional de un evento en particular, esto no eliminaría necesariamente la necesidad de analizar cualquier falla de gestión identificada en la auditoría.
Comparación
La negativa de esta semana es el desarrollo de una disputa legal que cobró impulso en agosto. El 24 de ese mes, la junta directiva de ANEEL Ya había rechazado por unanimidad la solicitud de informes periciales presentada por Enel.
En aquel momento, la ponente Agnes Costa declaró que la solicitud no pretendía demostrar un hecho nuevo ni aclarar una cuestión técnica desconocida.
Según la decisión anterior, el director también consideró que el concesionario había estado adoptando, desde 2025, una conducta procesal que contribuiría a retrasar la conclusión de la controversia.
Por su parte, el director general, Sandoval Feitosa, afirmó que la solicitud ponía en entredicho la autoridad técnica atribuida a los organismos reguladores.
Enel, sin embargo, argumentó que el análisis de los expertos debería examinar, entre otros puntos, el evento climático de diciembre de 2025, que clasificó como diferente de sucesos anteriores debido a su dinámica, intensidad y alcance.
La empresa también argumentó que la realidad operativa de la concesión había cambiado desde los hechos que dieron origen a la demanda.
Mejora operativa
Posteriormente, Enel presentó una nueva declaración a ANEEL Solicitan un plazo adicional de 30 días para presentar pruebas técnicas por su cuenta, en caso de que la Agencia mantenga su negativa a permitir una evaluación por parte de un experto independiente.
El distribuidor alegó una denegación del debido proceso y cuestionó el hecho de que el plazo para presentar los alegatos finales se abriera antes del análisis de la apelación relacionada con el informe pericial.
La empresa también comenzó a destacar la evolución de los indicadores operativos. Según el comunicado, desde 2023 se ha producido una reducción del 50 % en el tiempo medio de respuesta ante emergencias (TME), una reducción del 88 % en el porcentaje de interrupciones que superan las 24 horas y una reducción del 66 % en el número de consumidores que permanecieron sin electricidad durante más de 24 horas.
La fecha de caducidad aún está en revisión.
La controversia no comenzó con la discusión sobre el análisis de expertos. El proceso administrativo de ANEEL Esto podría conllevar la rescisión de la concesión de Enel SP. La empresa ha impugnado la forma en que se llevó a cabo el procedimiento y sus fundamentos.
En sus alegaciones, el distribuidor afirmó que existía una falta de criterios objetivos previamente definidos para respaldar una posible recomendación de rescisión y señaló supuestos fallos desde el inicio del proceso.
También argumentó que rescindir la concesión no sería necesariamente la mejor alternativa para los consumidores, y solicitó que se evaluaran los costos, los riesgos operativos, los efectos tarifarios y las consecuencias de un posible reemplazo del concesionario.
Enel también defiende la posibilidad de un nuevo plan de recuperación o de medidas consideradas menos gravosas para la concesión. ANEELA su vez, aclara que la decisión relativa a la evaluación pericial no representa un juicio prematuro sobre la expiración del derecho.
Una vez concluida la investigación, el proceso avanza a las siguientes etapas, que consisten en analizar la conducta del concesionario y, potencialmente, formular recomendaciones sobre el futuro de la concesión.
TCU exige una evaluación de los impactos
Paralelamente al procesamiento del caso, el Tribunal Federal de Cuentas (TCU) recomendó al MME y a ANEEL que evalúan los efectos de una posible rescisión de la concesión, incluyendo la compensación por activos reversibles, el impacto en las tarifas y los riesgos sistémicos para el segmento de distribución.
El tribunal también advirtió que, en caso de que se adopte la expiración de la medida, los organismos deberán demostrar que dicha medida proporcionará un beneficio neto a los consumidores en comparación con alternativas menos gravosas.
Dado que el contrato actual finaliza en 2028, el Tribunal de Cuentas Federales de Brasil (TCU) también recomendó realizar estudios técnicos y económicos para un posible nuevo proceso de licitación y ordenó la presentación, en un plazo de 60 días, de un cronograma conjunto para garantizar la continuidad del servicio en la zona atendida por Enel SP.
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