La definición legal sobre los cortes de generación en la micro y minigeneración distribuida ha abierto una nueva etapa en el debate regulatorio.
La opinión de la Fiscalía Federal ante ANEEL Descartó la posibilidad de "recortes contables" -es decir, la redistribución ex post de créditos en el SCEE (Sistema de Compensación de Energía Eléctrica)- por falta de respaldo en la Ley nº 14.300/2022, pero reconoció que los recortes físicos pueden ser legalmente permitidos en determinadas circunstancias operativas.
El comunicado, solicitado en el ámbito de la Consulta Pública 45/2019, fue esperado por el mercado, especialmente ante el aumento de incidentes de corte y la judicialización del tema.
El documento también sugiere que cualquier reestructuración económica dependería de una autorización legislativa específica y clasifica como prematura cualquier discusión sobre el reembolso vía ESS (Cargos por Servicios del Sistema).
En un comunicado formal, la ABGD (Asociación Brasileña de Generación Distribuida) destacó que el dictamen descartó la caracterización del llamado "corte contable" e indicó la necesidad de una consulta pública específica para abordar las desconexiones físicas ordinarias.
La entidad diferencia entre cortes de emergencia –ya regulados por la legislación y vinculados a la seguridad operacional del sistema– y cortes físicos ordinarios, que resultarían de condiciones estructurales de equilibrio entre generación y carga.
Según la ABGD, la generación distribuida (GD) tiene un régimen jurídico propio, establecido por la Ley nº 14.300/2022, en el que el consumidor invierte prioritariamente para atender su propio consumo, a diferencia de los agentes de generación centralizada regidos por la Ley nº 10.848/2004.
En este contexto, la entidad argumenta que las desconexiones ordinarias no aplicarían a las unidades de consumo con MMGD (Distribución Multigeneración), respetando la intención del legislador al elaborar el marco legal del segmento.
ABGD también considera infundado cualquier ajuste contable que transfiera riesgos inherentes a la actividad de mercado de la generación centralizada a la generación distribuida.
El desafío es físico.
Para José Wanderley MarangonSegún la consultora MC&E, el dictamen abordó adecuadamente el desafío legal al reconocer la imposibilidad del corte contable a la luz de la Ley Nº 14.300, pero sin desconocer la realidad física del sistema eléctrico.
Según él, la discusión sobre los cortes de energía ganó relevancia con el aumento del corte energético —cuando la generación supera la demanda—, además de las restricciones relacionadas con la transmisión y la confiabilidad del sistema.
Marangon señala que, en determinadas situaciones, puede que no haya suficiente generación centralizada para reducirla, especialmente ante centrales térmicas inflexibles y limitaciones hidráulicas, lo que puede llevar a la necesidad de recortes físicos también en la mini y la microgeneración.
El consultor considera que, en determinadas condiciones físicas, los cortes de energía son inevitables para evitar un colapso de frecuencia. Para mitigar el problema, sugiere invertir en almacenamiento de energía, especialmente baterías integradas en las redes de distribución, capaces de absorber el excedente de energía durante las horas punta de generación solar, como alternativa estructural.
Equilibrio regulatorio
El abogado especializado en energía Urias Martiniano Neto cree que el dictamen plantea puntos importantes, pero también destaca lagunas regulatorias que aún deben abordarse.
Para él, el reto central es garantizar la seguridad jurídica y el equilibrio entre los agentes. Urías argumenta que la solución no puede consistir en transferir riesgos de un segmento a otro, ni en crear privilegios que desorganicen el sector. Según su análisis, tanto los generadores distribuidos como los centralizados realizaron inversiones bajo ciertas expectativas regulatorias, que no pueden alterarse indebidamente.
El experto destaca que uno de los pilares de la acción regulatoria es precisamente la búsqueda del equilibrio y la adecuada asignación de riesgos, sin comprometer la seguridad del suministro.
Según él, la evolución regulatoria debe respetar los derechos adquiridos y evitar soluciones que penalicen unilateralmente a cualquier categoría de generadores.
Con la declaración de la AGU, el asunto entra en una nueva fase. Si bien el dictamen establece límites legales claros a los recortes contables, mantiene abierto el debate sobre cómo tratar los recortes físicos ordinarios en un sistema cada vez más descentralizado, una discusión que deberá ser abordada por... ANEEL en los próximos pasos regulatorios.
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