El Tribunal de Mato Grosso dictaminó esta semana que el Gobierno Estatal debe dejar de cobrar el ICMS (Impuesto sobre la Circulación de Bienes y Servicios) a los ciudadanos que generan su propia electricidad a partir de la luz solar. La decisión fue tomada por el juez Carlos Roberto Barros de Campos, del 2.º Tribunal de Hacienda Pública de Cuiabá, tras la emisión de un recurso de amparo propuesto por la abogada Ana Oliveira de Almeida Cerqueira.
La agenda fue centro de discusiones en la Asamblea Legislativa de Mato Grosso En los últimos días. En el documento, el abogado afirma que la relación entre los hogares que producen energía fotovoltaica y las distribuidoras de energía no se da en forma de "mercancía", sino como un préstamo gratuito.
En su decisión, Barros de Campos aceptó el argumento del abogado y entendió que el ICMS solo puede aplicarse a las transacciones relacionadas con la circulación legal y comercial de bienes. En este sentido, el impuesto no se aplicaría a la producción de energía solar, sino al uso de la red de distribución, ya que las viviendas no cuentan con un sistema de almacenamiento y la energía solo sale de los paneles hacia la red antes de regresar a los hogares. El consumo y la producción se calculan con un medidor bidireccional.
Vieja controversia
A Recaudación ICMS para productores de energía fotovoltaica No es nuevo en Brasil y continúa generando discusión hoy. A principios del mes pasado, un consorcio de generación de energía formado por pequeñas y medianas empresas de Pernambuco, por ejemplo, también fue eximido del pago del impuesto por el Tribunal, luego de que el Estado alegara que el paso de la energía por el sistema de distribución justificaba el cargo.
Una respuesta
Entonces, en este caso, ¿los concesionarios pueden cobrar impuestos por el uso de la red?