Los inversores en plantas de minigeneración distribuida recibieron buenas noticias este miércoles (05). El Ministerio de Minas y Energía publicó la Ordenanza Normativa N° 78 con la condiciones para clasificar esta categoría de proyecto en el REIDI (Régimen Especial de Incentivos al Desarrollo de Infraestructuras).
Una vez que los proyectos sean aceptados en REID, a los empresarios se les suspenderá el PIS (1,65%) y el COFINS (7,6%) hasta por cinco años. en la compra de equipos y otros artículos.

la publicación de ordenanza cumple con lo dispuesto en el art. N° 28 de la Ley 14.300/2022, conocido como el marco legal para la generación distribuida. El artículo fue vetado por el entonces presidente Jair Bolsonaro, pero en agosto de 2022 el Congreso anuló el veto.
Las plantas de minigeneración distribuida son aquellas con potencia entre 75 kW y 5 MW, representando las fuentes fotovoltaicas el 99% de los proyectos instalados en el país. También se clasifican como minigeneración los proyectos de fuentes hídricas (CGH), eólicos y térmicos.
Vale la pena mencionar que Sólo se aceptarán solicitudes realizadas a partir de la fecha de publicación de la Ordenanza.. Además, el marco sólo se aplicará a proyectos propiedad de una entidad jurídica.
El límite de inversión para efectos de clasificación de REID será 4.000 BRL/kW para plantas fotovoltaicas, 5.000 R$/kW para hidráulica, 4.500 R$/kW para eólica y 4.000 R$/kW para térmica.
Clic aquí para conocer el rito de aprobación de proyectos en REDI.
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Comentários (6)
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¿Puede aclarar si la ordenanza se aplica a los clientes que utilizan Generación de Energía Solar Distribuida?
Enhorabuena por el excelente trabajo, con una gran noticia.
¡¡¡Noticias excelentes!!!
Muy interesante, añade aún más valor a la producción de energía limpia.
Me gustaría saber ¿por qué el gobierno no da incentivos fiscales y precios más bajos para que los ciudadanos pongan energía limpia (fotovoltaica) en sus hogares? ¡Todo es muy caro!
¿El programa solo atenderá a empresas de Lucro Real?