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¿Cuáles son los posibles impactos de la reforma fiscal en el sector solar?

Canal Solar habló con Ricardo Ferreira da Costa, Senior Manager de Impuestos Indirectos de Ernst & Young.

¿Cuáles son los posibles impactos de la Reforma Fiscal en el sector solar?

Reforma Tributaria busca simplificar la recaudación tributaria en Brasil

Promulgada* en 20 diciembre 2023 y actualmente en fase reglamentaria en el Congreso, la Reforma tributaria Todavía genera muchas incertidumbres sobre los impactos en el sector eléctrico, especialmente en el segmento fotovoltaico.

¿Cuáles son los posibles impactos de la reforma fiscal en el sector solar?

Para aclarar los posibles efectos de este cambio en la tributación, el Canal Solar habló con Ricardo Ferreira da Costa, Gerente Senior de Impuestos Indirectos de Ernst & Young.

Fue uno de los ponentes en la primera Masterclass organizada por ABSOLAR, realizado el día 21 de agosto, en la sede de la FIESP (Federación de Industrias del Estado de São Paulo).

La reforma tributaria, discutida durante décadas, tiene como objetivo simplificar la recaudación de impuestos en Brasil. El nuevo sistema tributario estará integrado por los siguientes impuestos:

  • PIS / Cofins será reemplazado por CBS (Contribución sobre Bienes y Servicios), que se centrará en operaciones que impliquen bienes y servicios materiales e inmateriales, que sean competencia de la Unión.
  • ICMS/ISS será reemplazado por IBS (Impuesto sobre Bienes y Servicios), que también se centrará en operaciones que involucran bienes y servicios materiales, inmateriales, pero será gestionado por Estados y municipios.
  • IPI será reemplazado por IS, un Impuesto Selectivo bajo jurisdicción de la Unión, que se aplicará a la extracción, producción, importación y venta de bienes y servicios nocivos para la salud y el medio ambiente.

El período de transición de la Reforma Tributaria comenzará en 2026 y finalizará en 2033. No habrá cambios en la recaudación de impuestos en 2024 y 2025. A partir de 2026, Brasil entrará en un régimen de transición con dos sistemas tributarios. En 2027 se extinguirá PIS/Cofins, y entre 2029 y 2033 finalizará la recaudación de ICMS e ISS.

Vea los principales extractos de la entrevista a Ricardo Ferreira a continuación. 

¿Cuáles son los impactos de la reforma en la Generación Centralizada?

El sector de Generación Centralizada (GC) está acostumbrado a diversos beneficios fiscales, como exenciones en las fases de capex y montaje, y una tributación de sólo el 3,65% de los PIS/Cofins en la fase operativa.

Con la nueva estructura fiscal, los promotores seguirán disfrutando de beneficios en la fase preoperacional, posiblemente incluso mayores desde el punto de vista fiscal. Sin embargo, en la fase operativa, la tasa migrará del 3,65% (PIS/Cofins) a una nueva incidencia por parte de IBS y CBS. Aunque la tasa aún no está definida, la referencia actual es del 26,5%, pero esto aún depende de las discusiones en el Senado.

¿Significa esto que habrá un aumento en la carga fiscal para GC?

Es importante distinguir dos aspectos: la factura incluirá más impuestos, pero esto no significa necesariamente que la energía vendida será más cara. El valor del billete puede aumentar, pero el costo efectivo de la energía puede no aumentar. Esto se debe a que, en algunos casos, el impuesto no era recuperable. Con la Reforma, el impuesto pagado por la compra de energía, incluso a una tasa más alta, podrá volverse recuperable. Esto puede incluso suponer un coste menor para el comprador respecto al régimen anterior del 3,65% sin recuperación.

¿Cuáles son las repercusiones de la reforma en la Generación Distribuida?

La Generación Distribuida (GD) opera de manera diferente, con contratos de arrendamiento de terrenos, maquinaria y equipos, cada uno con su tributación específica. Ahora todos tributarán de manera uniforme, con un tipo de referencia del 26,5%.

Para los clientes que operan como entidad legal, el impuesto será recuperable. Sin embargo, para los contratos que involucran a individuos, puede haber un aumento en el costo de los contratos de GD.

Además, el REIDI (Régimen Especial de Incentivos para el Desarrollo de Infraestructuras) podrá seguir ofreciendo exenciones en la fase de capex.

¿Cuáles serían los impactos para las empresas que instalen plantas solares?

Si el beneficio REIDI se extiende a los servicios contratados en la fase preoperacional, es probable que las empresas del sector puedan ofrecer estos servicios con un menor impacto tributario.

Hoy en día, la ISS representa un coste importante para los proyectos, pero esto podría cambiar. Supongamos que cubre 10, parte de los cuales está formado por la ISS. Con la Reforma el cliente podrá recuperar estos impuestos, haciendo que el costo efectivo baje, eliminando el efecto de la tribuna no recuperable por el contratista.

Esto puede abrir una nueva estrategia comercial para las empresas a la hora de fijar el precio de sus servicios, aprovechando la recuperación de impuestos. Tanto para la Generación Distribuida (GD) como para la Generación Centralizada (GC), siempre que se beneficien del REIDI, la lógica es la misma.

Así, la ISS, que actualmente supone un coste, será sustituida por la IBS, que es recuperable. El precio final puede incluso ser mayor, pero el coste efectivo para el cliente será menor.

¿Cuál es la cuestión fiscal para las empresas que distribuyen equipos fotovoltaicos?

Este es un desafío importante para los distribuidores, especialmente aquellos que operan con ganancias presuntas, ya que la carga tributaria puede aumentar del 3,65% PIS/Cofins a una tasa de aproximadamente el 9% CBS.

El desafío será encontrar formas de hacer viables las ventas a diferentes tipos de clientes, especialmente individuos, sin repercutir el aumento de precios. Para los clientes corporativos, el impacto puede ser menor, ya que el comprador podrá recuperar el crédito fiscal, optimizando el costo, incluso con un precio nominal más alto.

¿Cuál será el impacto de la reforma tributaria en los proyectos de GD (microgeneración) residenciales, comerciales e industriales?

En primer lugar, es importante mencionar que la reforma tributaria, al sacar del sistema tributario al ICMS y al PIS/COFINS, también terminará por extinguir importantes regulaciones del sector, tales como: el Acuerdo ICMS 16/15 y la Ley N° 13.169. /15 (que delimitan la exención de ICMS y PIS/COFINS en operaciones de compensación de energía), así como el Acuerdo ICMS 101/97 que garantiza la exención de ICMS. Por tanto, la legislación actual dejará de ser aplicable y se modificarán los parámetros.

En el dispositivo aprobado en el marco de la Reforma Tributaria no hay confirmación de que el mecanismo de compensación de energía se mantendrá con los beneficios actuales, sin embargo se podría argumentar que la esencia del nuevo sistema sería incompatible con el cobro del IBS y CBS. , pues no existe ninguna carga (préstamo gratuito) que pueda asegurar la no ocurrencia del hecho desencadenante. 

De prosperar este argumento se podría resolver la discusión sobre qué límite se fomentaría (muchos estados lo restringieron a 1MW según el límite de antigua generación), así como no restringirlo únicamente al autoconsumo remoto.

En cuanto a los beneficios fiscales en la fase preoperacional, el beneficio REIDI – recientemente extendido a proyectos de GD, aplica únicamente a proyectos de minigeneración distribuida. Por tanto, no se fomentaría hasta el momento la microgeneración. Por lo tanto, es posible que proyectos con esta configuración acaben asumiendo cargas adicionales, ya que además de no ser elegibles para REIDI, los beneficios del Acuerdo ICMS 101/97 dejarán de ser aplicables. Destacamos que en los casos en que el dueño de la planta sea una Persona Jurídica, si no opta por el Simples Nacional, podrá deducir el crédito de los nuevos impuestos.

*Es el instrumento que declara la existencia de la ley y ordena su ejecución. Las enmiendas constitucionales son promulgadas por las Salas de la Cámara y del Senado, en una sesión formal del Congreso.

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Wagner Freire
Acerca del Autor
Wagner Freire

Wagner Freire es periodista egresado de la FMU. Trabajó como reportero en el Jornal da Energia, Canal Agencia Estatal y de Energía. Cubre el sector eléctrico desde 2011. Tiene experiencia en la cobertura de eventos, como subastas de energía, convenciones, conferencias, ferias, congresos y seminarios.

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