O TJMT (Tribunal de Justicia de Mato Grosso) concedió una medida cautelar suspendiendo la recaudación retroactiva del ICMS (Impuesto sobre Circulación de Bienes y Servicios) sobre la energía solar aplicada a los consumidores con sistemas de GD (generación distribuida).
La medida responde a una solicitud de la ALMT (Asamblea Legislativa del Estado de Mato Grosso), que cuestionó la práctica adoptada por la Sefaz (Secretaría de Finanzas del Estado) y la concesionaria Energisa-MT.
La acusación fue considerada inconstitucional por la jueza Nilza Maria Pôssas de Carvalho, que acogió los argumentos de la Asamblea de que el impuesto viola preceptos fundamentales de la Constitución del Estado.
El juez también reforzó que no existe hecho generador del ICMS en los sistemas de GD, ya que el exceso de energía inyectada a la red representa un préstamo gratuito al concesionario, y no una operación de circulación de mercancías. El mismo argumento también se ha utilizado Recientemente aceptado por tribunales estatales de otros estados, como Goiás.
La decisión beneficia a los consumidores que pagaron el impuesto entre septiembre de 2017 y marzo de 2021, incluso después de invertir en sus propios sistemas de generación. La acción fue presentada el 9 de abril por la Junta Directiva de ALMT, a solicitud del diputado Faissal Calil (Cidadania), presidente del Comité de Defensa del Consumidor y del Contribuyente.
“Fue una decisión necesaria, ya que varios contribuyentes estaban siendo afectados en Mato Grosso, incluso con sus nombres incluidos en la deuda activa, lo que imposibilita el uso de beneficios fiscales”, dijo el parlamentario.
Según él, muchos productores rurales tienen sistemas funcionando gracias a la energía solar y “al tener sus nombres inscritos en la deuda activa, no pueden vender soja ni obtener incentivos para seguir siendo competitivos en el mercado”, destacó.
Para el presidente de ALMT, el diputado Max Russi (PSB), la medida cautelar representa una victoria importante para quienes invirtieron en energía limpia. “La Asamblea Legislativa cumplió su papel de defender a la ciudadanía, garantizar la seguridad jurídica y el respeto a los principios constitucionales”, analizó.
La decisión también determinó la suspensión de todos los procesos administrativos y judiciales relacionados con la recaudación retroactiva del impuesto, tanto por parte de Sefaz como de Energisa. Además, se prohíben nuevas multas, notificaciones o cobros basados en el dictamen técnico de Sefaz (Información 131/2021) hasta que la acción sea juzgada definitivamente.
Incluso considerando el aspecto temporal, la cuestión subyacente sigue siendo relevante y tiene alcance legal, lo que implica, como mínimo, la conveniencia de conceder una medida cautelar, traducida por la extensión del debate, para evitar daños significativos a la sociedad, la economía o el orden público. En resumen, los efectos derivados de la continuación de la acusación son exponencialmente mayores que los perjuicios de una suspensión hasta la sentencia firme, afirma un extracto de la decisión preliminar.
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Comentários (1)
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No se explicó que en la cuenta hay 2 componentes (TE y TUSD) y que los están separando y siguen cobrando ICMS sobre el TUSD, es decir, cobrando ICMS indirectamente, lo cual no deberían hacer, pues cobran duplicado.