O CONFAZAR (Consejo Nacional de Política Financiera) modificó el Acuerdo ICMS N° 101/97, que otorga exención del ICMS en operaciones con equipos fotovoltaicos, para adaptar el texto a las nuevas NCM para módulos solares.
El cambio se realizó mediante el Acuerdo ICMS nº 24/2022, publicado este viernes (8) en Orden No. 16, DE 7 DE MARZO DE 2022.
Con el cambio, entra en vigor el Acuerdo ICMS N° 101/97 con la siguiente redacción:
Cláusula primera: Incisos III, IX y
“III – calentadores solares de agua – 8419.12.00;
IX – células fotovoltaicas no ensambladas en módulos o paneles – 8541.42.10 y 8541.42.20;
X – células fotovoltaicas ensambladas en módulos o paneles – 8541.43.00 – Ex 01 – Células solares.
Cláusula segunda: El presente acuerdo entra en vigor en la fecha de publicación de su ratificación nacional en el Diario Oficial de la Unión, teniendo efectos del 1 de abril de 2022 al 30 de junio de 2022.
Según la CONFAZ, el asunto fue discutido durante su 184ª Asamblea Ordinaria, realizada en Belém (PA) y Brasilia (DF) los días 31 de marzo y 7 de abril.
Rodrigo Sauaia, director general de ABSOLAR (Asociación Brasileña de Energía Solar), destaca que la publicación se realizó durante 90 días, porque la idea de CONFAZ es aclarar dudas y consultas con entidades del sector solar respecto a la descripción y numeración de los NCM.
“Y también para que haya tiempo suficiente para que Ingresos Federales retroalimente a la CONFAZ sobre este tema. Nuestra expectativa es tener una publicación completa sobre este acuerdo en la próxima reunión ordinaria de CONFAZ, prevista para finales de junio”, dijo.
Comentários (8)
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Este código es para un generador de corriente alterna, ¿verdad?
En la práctica, ¿qué sucede?
Buenas tardes, entonces estaremos exentos del ICMS hasta el 30 de junio de 2022. ¿Es eso todo?
Hola a todos, soy un lego en materia tributaria, por lo que entendí se solicitó un periodo o duración de gracia de 90 días, es decir se pospuso la tributación para iniciar en agosto/22? Hasta donde yo sé, fue hasta el 30 de abril de 2022, y comienza en mayo/22, ¿es correcto?
Gracias y no puedo esperar...
Además de las células solares, la nueva lista TIPI también cambió los códigos de GENERADORES FOTOVOLTAICOS. que aparecen en el acuerdo CONFAZ 101/97 en las fracciones IV, V, VI y VII, además de los componentes de la fracción XIII.
Entiendo que la nueva lista TIPI cambió estos NCM a 8501.80.00, por lo tanto, los GENERADORES están sujetos a ICMS desde el 01/04/2022 ¿Tiene alguna información al respecto?
Hola Ellison, ¿cómo estás? Te mantienes al día de todo a través de nuestra web. Siempre que tenemos actualizaciones las publicamos aquí, estad atentos. 🙂
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