GC Solar 23.61 GW GD Solar 53.65 GW
Noticias

¿Quién es responsable?

Consulte los casos que pueden ocurrir durante o después de la instalación de un sistema fotovoltaico.

¿Quién es responsable?

Este tema está adquiriendo cada vez mayor relevancia en el sector solar. Foto: Freepik

Informe publicado en Revista Canal Solar – Vol. 1, Núm. 1, Diciembre/2020

Los profesionales que trabajan en el sector solar, como los integradores de sistemas fotovoltaicos, deben garantizar la seguridad de sus servicios, cumpliendo las normas técnicas relativas a la fabricación, diseño e instalación de equipos solares.

Este tema está adquiriendo cada vez más relevancia en el sector solar, ya que La energía solar es una de las principales fuentes renovables y está en constante crecimiento en Brasil, convirtiéndose en la opción económica y sostenible para muchos hogares y negocios.

Además, los profesionales deben ser conscientes de que tienen el deber de informar a sus clientes sobre el correcto uso del sistema fotovoltaico, advirtiéndoles de posibles riesgos. Sin embargo, incluso con todos estos cuidados, pueden ocurrir accidentes, como que un panel se caiga y lastime a una persona.

Para saber cómo actuar cuando se producen este tipo de situaciones es imprescindible saber qué es la responsabilidad civil y qué conlleva. Este contenido también alertará a los consumidores finales sobre los riesgos que corren al contratar una empresa que no cuenta con un equipo técnico calificado.

Esto se debe a que cuando los sistemas fotovoltaicos son diseñados e instalados por profesionales calificados, con productos de calidad, siguiendo estándares y buenas prácticas de ingeniería, el riesgo de accidentes es prácticamente nulo.

¿Qué es la responsabilidad civil?

La responsabilidad civil es el deber de reparar el daño causado a una persona, ya sea natural o jurídica, mediante una indemnización. “Por regla general, podemos decir que quien causa un daño está obligado a repararlo para mantener el equilibrio de la sociedad”, explica la abogada Marina Pupo Nogueira, especialista en derecho civil.

“Según el Código de Protección al Consumidor, la responsabilidad civil surge cuando hay daño material, daño moral o cuando el equipo no funciona o no alcanza su funcionalidad”, agrega la abogada Lilian Novakoski, también especialista en el área. La abogada Marina destaca que la responsabilidad entre todas las empresas de la cadena es solidaria, es decir, se puede responsabilizar al fabricante, distribuidor, importador y distribuidor.

“Por tanto, todos pueden responder simultáneamente al consumidor, independientemente de quién sea el responsable, y las empresas pueden solicitar posteriormente una indemnización al causante del daño”.

Sin embargo, si se comprueba y prueba que el producto o servicio ofrecido en la instalación del sistema fotovoltaico no es defectuoso, o que la culpa del daño fue exclusivamente del cliente, de la empresa, ya sea la que vendió el producto o la que realizó la instalación no será responsable y, en consecuencia, quedará exento del pago de indemnización por el siniestro.

Ejemplos dentro del sector solar

Para que quede más claro, consulta a continuación algunos casos hipotéticos que pueden ocurrir durante o después de la instalación de un sistema fotovoltaico.

¿Qué pasa, por ejemplo, si un panel mal colocado golpea a una persona y le provoca daños físicos?

Según la abogada Marina, tanto las personas jurídicas como las personas físicas pueden verse obligadas a reparar daños materiales con valor económico. Es decir, pérdidas reales y lucro cesante, así como daños morales.

“Un panel mal instalado consiste en la falta de prestación de un servicio y, cuando golpea a una persona y le causa daño físico, resultará en responsabilidad del instalador, quien deberá pagar las pérdidas que dicha persona sufrió a consecuencia de ello. del accidente, desde tratamiento médico, hasta días de baja laboral. También deben indemnizar a la víctima por posibles daños emocionales derivados del accidente, como dolor, sufrimiento, miedo, angustia, riesgo para la salud o la integridad física”, explica Marina.

“El monto de la indemnización considerará la magnitud del daño causado. En caso de daño material será necesario demostrarlo ante los tribunales. En el caso de daño moral tendrá que ser arbitrado por un juez”, añade el abogado.

El dueño de una empresa contrató a un prestador de servicios que no tiene calificación técnica para instalar un sistema fotovoltaico en su propiedad y luego de su instalación ocurre un accidente con daños físicos a una persona que caminaba cerca. ¿Se puede responsabilizar al propietario de esta empresa?

La respuesta es sí. “Como propietario de los paneles o del lugar donde estén instalados, es responsable de los daños que puedan sufrir terceros. Sin embargo, habrá derecho a reclamar el reembolso a la empresa que prestó los servicios de forma inadecuada”, explica Marina.

Un supermercado contrata una empresa que no tiene la formación ni la competencia técnica para instalar energía solar. Después de completar la instalación, un panel solar cae sobre el coche de un cliente, provocando daños. ¿Quién será responsable: el dueño del supermercado, la empresa que instaló el equipo o ambos?

En esta situación, ambos podrían ser considerados responsables. “Ambos responderán y podrán ser considerados responsables. Sin embargo, es mucho más común que el cliente sólo demande al supermercado, ya que esa es la persona con la que tiene relación. Posteriormente, el supermercado puede demandar a la empresa que causó el daño. El hecho de que la empresa contratada no tenga formación técnica demuestra una falta grave y podría, por ejemplo, aumentar el valor de la indemnización”, subraya Marina.

En el mismo caso, si el dueño del supermercado hubiera contratado una empresa calificada, el abogado explica que la compensación podría ser más indulgente.

“En caso de condena por daño moral, por ejemplo, el hecho de que el supermercado haya tomado todas las precauciones podría ser un criterio para reducir el valor de la indemnización. En cuanto a los daños materiales (daños en el coche, por ejemplo), el valor no variará, ya que será el importe necesario para reparar el vehículo”, añade Marina.

Si una persona instala un sistema fotovoltaico en su casa y, por ejemplo, ocurre un accidente que provoca problemas en casa del vecino. ¿Se puede responsabilizar al propietario de la vivienda?

¡Sí! “Tal hecho puede dar lugar a un deber de indemnización, como, por ejemplo, en el caso de que el propietario del inmueble con el sistema fotovoltaico no haya adoptado las medidas correctas de seguridad y mantenimiento recomendadas por el proveedor del sistema y que su conducta haya causado una pérdida, porque es tu deber no dañar a terceros”, explica Marina.

Cuando ocurren problemas que causan daños a la propiedad o a las personas, ¿se puede responsabilizar a quienes compraron e instalaron el sistema fotovoltaico y a los diseñadores?

Según la abogada Marina, en el caso de que el sistema fotovoltaico cause daños a inmuebles vecinos, el dueño del inmueble que causó el daño deberá reparar el daño, si no ha realizado el correcto mantenimiento o uso del equipo.

“El profesional sólo será considerado responsable si se prueba que actuó con la intención de causar el daño, ya sea actuando con negligencia (omisión), mala praxis (falta de preparación/conocimiento técnico) o imprudencia (falta de precaución)”, explica Marina.

“En el caso de una persona jurídica que presta servicios, no es necesario que el consumidor investigue y pruebe en el proceso si actuó con culpa (dolo, negligencia, mala praxis, imprudencia). Bastará con demostrar el acto, el daño y la relación entre el acto y el daño”, añade el abogado.

Contratar un seguro es vital

La abogada Marina destaca que para evitar problemas y reducir los costes de indemnización es fundamental que las empresas contraten un seguro que ofrezca cobertura de responsabilidad civil.

“Las empresas que comercializan paneles solares pueden contratar un seguro de responsabilidad civil de instalación y montaje, con cobertura por errores de diseño, así como de responsabilidad civil empresarial, con cobertura de daño moral, incluido el daño moral”, comenta Marina.

Según la especialista Vanda Somera, directora de Visioni Seguros, antes de contratar un seguro, las empresas deben investigar qué producto se adapta a sus necesidades.

“Es importante comprobar si el seguro tiene el tamaño adecuado para los profesionales que trabajan en el área de instalación de sistemas fotovoltaicos. Después de todo, nadie compra ropa que no le queda bien, o peor aún, que no puede usar cuando está listo para usarla, por cualquier motivo. Con el seguro de responsabilidad civil no ocurre lo mismo”, destaca Vanda.

“Hoy en día, muchos establecimientos industriales y comerciales están exigiendo a las empresas contratadas contar con una póliza de responsabilidad civil, riesgo de ingeniería, instalación y montaje, así como un seguro de vida para sus empleados, para contratar o incluso autorizar el inicio de obra”, agrega el especialista de Visioni .

Ericka Araújo
Acerca del Autor
Ericka Araújo

Gerente de Comunicaciones de Canal Solar. Presentador de Papo Solar. Desde 2020 sigue el mercado de las energías renovables. Tiene experiencia en la producción de podcasts, programas de entrevistas y elaboración de artículos periodísticos. En 2019 recibió el Premio Periodista Tropical 2019 de la SBMT y el Premio de Periodismo FEAC.

Comentários (3)

Los comentarios se moderan antes de su publicación.

Los comentarios deben ser respetuosos y contribuir a un debate saludable. Los comentarios ofensivos pueden ser eliminados. Las opiniones expresadas aquí son las de los autores y no necesariamente reflejan la posición del autor. Canal solares.

Deje su comentario

  • Jean de Araujo Tavares

    Hola buenas noches, en febrero instalé un generador solar en casa, el contrato dice que tiene que generar 600 kvw pero hasta el momento no ha llegado a 500, que debo hacer? ¿Existe derecho a indemnización?

  • Alejandro López

    Hola buenas tardes llevo 3 años sufriendo con una empresa que me instaló una planta en la que en el contrato dice que debía generar 2100khw mensuales pero solo para 1 mes o 2 del año y si se cumple yo quisiera saber que debo hacer para ir en busca de mis derechos gracias

    • Elizama

      Cuando cada mes del año sea igual a lo que logras conseguir según lo prometido, entonces funcionará.
      Amigo, ten en cuenta la estacionalidad del sol, por eso lo que promete es un promedio.

Canal Energía solar
Privacidad

Este sitio web utiliza cookies para que podamos brindarle la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en su navegador y realiza funciones como reconocerlo cuando regresa a nuestro sitio web y ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones del sitio web le resultan más interesantes y útiles.