El Ministro de MME (Minas y Energía), Bento Albuquerque, aprobó el Manual de Operacionalización que establece los criterios técnicos, financieros, procedimientos y prioridades que se aplicarán en el Programa Más Luz para la Amazonia.
A Ordenanza No. 244, publicado en el DOU (Boletín Oficial de la Unión) el pasado viernes (19), establece los criterios para la composición de los programas de obras, los tipos de fuentes de generación de energía eléctrica, las condiciones para la liberación de recursos al ejecutor, las condiciones para la revisión del objetivos físicos de los contratos, las condiciones financieras de los contratos y otras obligaciones.
Según el Gobierno Federal, los recursos necesarios para el desarrollo del programa provendrán de agentes del sector eléctrico, la CDE (Cuenta de Desarrollo Energético) y otras fuentes que serán reguladas por el Ministerio de Minas y Energía, en conjunto con otras autoridades gubernamentales. cuerpos.
Los principales criterios para la asignación de recursos del CDE entre los agentes ejecutores son las necesidades regionales y la mitigación del impacto arancelario. Según la ordenanza, la participación financiera del ejecutor será definida entre el MME y el ejecutor y firmada en el plazo de compromiso, con un valor superior al 10%.
Además, el MME promoverá acciones para poner a disposición otras fuentes de recursos, vía financiamiento o subsidios, con el fin de contribuir a reducir el impacto tarifario y reducir el uso de recursos del CDE.
Otras fuentes de recursos, como fondos no reembolsables, también podrán aplicarse a proyectos de innovación y eficiencia energética como forma de apoyo y desarrollo del programa.
Uso de energías renovables
O Programa Más Luz para la Amazonia prevé el uso de fuentes renovables de generación de energía eléctrica, principalmente sistemas fotovoltaicos, y la sustitución de pequeños generadores de energía eléctrica a diésel o gasolina, que actualmente son la única fuente de energía eléctrica para muchas familias que viven en regiones remotas.
El principal objetivo es contribuir a la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero y fomentar el uso sostenible de los recursos de la Selva Amazónica. El programa asignará recursos a proyectos destinados a atender a hogares ubicados en regiones remotas de la Amazonía Legal, y priorizará el carácter social de la inversión.
Universalización de la energía eléctrica.
El 26 de abril de 2002, el Ley N° 10.438 estableció el proceso de acceso universal al servicio público de electricidad. Desde entonces, ha puesto a disposición del público el acceso a la electricidad en todas las zonas urbanas del país y en las zonas rurales de los estados del Sur, Sudeste y la mayoría de los estados de las regiones Noreste y Centro-Oeste. Aún debe completar el servicio en los estados de Bahía, Piauí, Maranhão, Mato Grosso, Mato Grosso do Sul, Goiás y en los estados de la región Norte.
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