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Política y regulación

Los nuevos requisitos de eficiencia para las lámparas LED tienen como objetivo reducir el consumo hasta en 432 TWh.

Las normas entrarán en vigor entre 2028 y 2030; las luminarias con sistemas fotovoltaicos integrados quedan excluidas de la normativa actualizada.

Los nuevos requisitos de eficiencia para las lámparas LED tienen como objetivo reducir el consumo hasta en 432 TWh.

Foto: Magnífica

Las lámparas y luminarias LED que se vendan en Brasil deberán cumplir con estándares mínimos de eficiencia energética más estrictos, como parte de una medida gubernamental destinada a mejorar el rendimiento de los equipos disponibles en el mercado y aumentar el ahorro de electricidad en los próximos años.

El cambio se implementará gradualmente a partir de 2028 y forma parte de una estrategia para reforzar la eficiencia energética como herramienta para reducir el consumo y evitar el desperdicio.

Según las estimaciones del MME (Ministerio de Minas y Energía), responsable de la actualización de la normativa, la adopción de los nuevos requisitos podría generar un ahorro acumulado de entre 283 y 432 TWh para el año 2040.

A modo de comparación, el consumo total de electricidad del país en 2025 fue de 667,8 TWh, lo que pone de relieve la magnitud de la reducción potencial que proporciona esta medida.

Dos pasos

La nueva normativa establece un calendario gradual para que la industria y el comercio se adapten, comenzando la primera fase el 1 de enero de 2028, cuando las lámparas deberán tener una eficacia luminosa mínima de 120 lúmenes por vatio (lm/W).

La eficacia luminosa representa la relación entre la cantidad de luz producida y la energía consumida. Cuanto mayor sea este indicador, mayor será la eficiencia del equipo, lo que significa que se obtiene más luz con el mismo consumo eléctrico.

Los productos que no cumplan con este requisito podrán seguir fabricándose o importándose hasta el 31 de diciembre de 2027.

Los fabricantes e importadores tendrán hasta el 30 de junio de 2028 para vender sus existencias, mientras que los minoristas y mayoristas podrán vender estos productos hasta el 30 de junio de 2029.

La segunda fase entrará en vigor el 1 de enero de 2030, elevando el requisito a 140 lm/W. El calendario de transición será similar, lo que significa que la fabricación e importación de productos por debajo de este índice estarán permitidas hasta finales de 2029, mientras que los plazos de comercialización se extienden hasta junio de 2030 para fabricantes e importadores y hasta junio de 2031 para el comercio minorista y mayorista.

La medida abarca los principales productos.

La nueva normativa abarca las lámparas LED de interior con un dispositivo de control integrado en el cuerpo o la base, así como las luminarias de interior y exterior con controles integrados, empotrados o independientes.

La normativa no establece restricciones en cuanto al formato, el tamaño o la temperatura de color de los equipos, incluidos los productos con sistemas RGB para cambiar los colores de la iluminación.

La adopción de estándares más rigurosos debería elevar la calidad de los productos disponibles en el mercado brasileño y acercar las especificaciones nacionales a los parámetros de rendimiento internacionales.

Excepciones específicas

No todos los equipos estarán sujetos a las nuevas normas mínimas de eficiencia, como por ejemplo, los productos destinados a aplicaciones específicas, como equipos médicos, dentales y veterinarios, iluminación aeronáutica, equipos automotrices, embarcaciones, juguetes, iluminación de emergencia, luminarias con sistemas fotovoltaicos integrados, iluminación escénica para cine y televisión, alumbrado público y luminarias decorativas. Se trata de equipos cuyas características técnicas hacen inviable la aplicación de criterios generales de rendimiento.

Para acogerse a estas excepciones, los fabricantes deben presentar documentación técnica emitida o validada por un laboratorio acreditado por Inmetro, que demuestre que el producto cumple con las circunstancias especificadas.

La medida relativa a la eficiencia de los productos LED proviene de una resolución del CGIEE (Comité de Gestión de Indicadores y Niveles de Eficiencia Energética), publicada en la edición del 29 de junio del DOU (Boletín Oficial de la Unión).

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Antonio Carlos Sil
Acerca del Autor
Antonio Carlos Sil

Antonio Carlos Sil es periodista egresado de la FMU/FIAM. Trabajó como reportero para Brasil Energia, además de prestar servicios a Agência Estado, Exame y Canal Energía. Trabajó en consultorías de comunicación en CPFL Energia, CESP y AES Tietê. Cubre el sector eléctrico desde el año 2000. Tiene experiencia en la cobertura de eventos, como subastas de energía, convenciones, conferencias, ferias, congresos y seminarios.

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