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Artículo técnico

¿Quién puede firmar proyectos de sistemas fotovoltaicos?

Descubra quién es el responsable de firmar los proyectos fotovoltaicos

¿Quién puede firmar proyectos de sistemas fotovoltaicos?

¿Quién puede firmar proyectos de sistemas fotovoltaicos?

¿Técnico o ingeniero? ¿Quién tiene la responsabilidad técnica de los sistemas fotovoltaicos?

Hasta hace poco, las funciones de los técnicos de nivel superior en las áreas de mecánica, ingeniería eléctrica y áreas afines se regían por el sistema Crea/Confea (Consejo Federal de Ingeniería y Agronomía).

Recientemente, la categoría técnica migró a una nueva entidad de clase, el recién creado CFT (Consejo Federal de Técnicos Industriales).

En la categoría de ingenieros, sólo el electricista tiene las funciones de diseñar y ejecutar proyectos fotovoltaicos, según el artículo 8 de la resolución n° 218, de 29/06/1973, de Crea/Confea.

Pero siempre ha rondado una pregunta sobre el mercado fotovoltaico: ¿pueden los electricistas firmar proyectos de generación solar?

La respuesta durante mucho tiempo fue quizás, al menos en el segmento de GD (generación distribuida), ya que algunas concesionarias de electricidad rechazaron la ART (Nota de Responsabilidad Técnica) emitida por un técnico, a pesar de que esta categoría estaba respaldada por el artículo 4.º do Decreto N° 90.922, del 06/02/1985, que prevé el ejercicio de la profesión de tecnico Nivel industrial medio o 2º grado: “§ 2º El tecnicos en ingenieria electrica podrá diseñar y dirigir instalaciones eléctricas con demandas energéticas de hasta 800 kVA, además de ejercer como dibujante en su especialidad”.

Las concesionarias que sólo aceptaron ART emitidas por un ingeniero utilizaron la justificación de que los técnicos, según resoluciones de Crea/Confea, podían diseñar instalaciones eléctricas, pero no generadores eléctricos.

Según algunas interpretaciones, las plantas fotovoltaicas son generadoras y la responsabilidad técnica del diseño y la instalación es prerrogativa del ingeniero eléctrico. Por otro lado, el REN 674 (Resolución Normativa 674/2015) del ANEEL (Agencia Nacional de Energía Eléctrica), ya explicó lo siguiente:

"Instalación eléctrica: conjunto de equipos necesarios para el funcionamiento de un sistema eléctrico. Líneas, redes y subestaciones de distribución, líneas de transmisión y Las plantas de generación son ejemplos de instalaciones eléctricas.."

¿Qué cambió con esta división en los consejos? Los técnicos pagarán sus tarifas anuales a CFT en lugar de pagar a Crea. Y la vida continúa, salvo un pequeño detalle: los técnicos fueron impedidos de firmar proyectos de generación fotovoltaica por deliberación del sistema Crea/Confea. Una vez desconectados de este último, recibieron explícitamente la autorización de la CFT para todo tipo de generación.

Lea también: Energía solar y sostenibilidad: ¿cuál es su relación?

La publicación de la resolución n° 74 de la CFT, del 05/07/2019, trajo lo siguiente. Articulo 1o de la resolución resuelve que:

Y finalmente el artículo 5.o resuelve que:

Destacar el error “técnico” del art.o: la energía y el poder son cosas diferentes. La demanda es de potencia, no de energía. Y "KVA" en realidad se escribe kVA, según la nomenclatura SIU (Sistema Internacional de Unidades).

Hasta entonces, no parece haber diferencia entre las funciones de los técnicos industriales, originalmente determinadas por el sistema Crea/Confea, y las funciones ahora determinadas por la CFT. La limitación para proyectos de hasta 800 kVA ya existía y esto no ha cambiado. La nueva característica está en el artículo 3.o, que menciona explícitamente la prerrogativa del técnico industrial en el diseño de sistemas fotovoltaicos:

Según los artículos 1ode 3o y 5o de resolución norteo 74 del CFT, los técnicos industriales pueden diseñar, ejecutar e inspeccionar todo tipo de instalaciones. energía solar fotovoltaica hasta una potencia de 800 kVA.

Una pregunta más profunda, sin embargo, aún debería suscitar un largo debate en la sociedad brasileña: ¿pueden los ayuntamientos competir entre sí para definir las responsabilidades profesionales que regulan la calidad y la seguridad de los equipos, instalaciones y construcciones en Brasil? ¿Puede el consejo de una categoría asumir responsabilidades de otra? El debate promete ser largo.

Ejemplos de preguntas que parecen no tener respuesta en el embrollo CFT x CREA:

  • ¿Puede un técnico en edificación diseñar un edificio y realizar sus cálculos estructurales?
  • ¿Puede un técnico mecánico diseñar y realizar análisis de elementos finitos de un puente de armadura metálica?
  • ¿Puede un electricista diseñar una planta solar fotovoltaica con todos sus detalles, cuidando cuestiones como la puesta a tierra, las especificaciones de materiales, los componentes y la selectividad de la protección?

Al parecer, desde el punto de vista legal, ambas categorías están autorizadas a diseñar sistemas fotovoltaicos, respetando la limitación de 800 kVA. Corresponderá al mercado decidir entre un profesional y otro.

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Este artículo no pretende defender ni criticar ninguna de las categorías. La cuestión es delicada y el debate debe llevarse a cabo en el seno de consejos y confederaciones profesionales. 

Marcelo Villalva
Acerca del Autor
Marcelo Villalva

Especialista en sistemas fotovoltaicos. Profesor e investigador de la Facultad de Ingeniería Eléctrica e Informática (FEEC) de la UNICAMP. Coordinador del LESF - Laboratorio de Energía y Sistemas Fotovoltaicos de la UNICAMP. Autor del libro "Energía Solar Fotovoltaica - Conceptos y Aplicaciones".

Comentários (23)

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  • BRENDON

    La propia Resolución N° 178 del CFT fue publicada en la Gaceta Oficial de la Unión (DOU) el 04 de marzo de 2022.
    Responsabilidades

    Entre las responsabilidades definidas por el Consejo Federal se encuentra el desarrollo de proyectos para sistemas de microgeneración de energía eléctrica renovable. El técnico cualificado con titulación reconocida por el Ministerio de Educación (MEC), según lo establecido en el Catálogo Nacional de Cursos Técnicos (CNCT), también podrá coordinar actividades relacionadas con el uso y la conservación de la energía eólica, solar, hidráulica, de biomasa y otras fuentes de energía renovable, así como desarrollar nuevos métodos productivos para la generación de energía renovable y la eficiencia energética, y adoptar medidas para el uso eficiente de la energía eléctrica.
    La microgeneración alcanza hasta 75 kW.

  • Luis Carlos

    Soy técnico en electrónica, ¿puedo también firmar proyectos fotovoltaicos? Hasta 800 kVA:

  • Josías Neris Machado

    Buenas noches;
    Soy licenciado en ingeniería eléctrica y estoy empezando en el campo de la energía solar. Tengo un gran interés en el diseño y la firma de sistemas e instalaciones fotovoltaicas.
    ¿Debo buscar la crea o cft en mi región, para poder obtener esta autorización mediante el registro?

    • Erivan de Sousa Martins

      Buenas tardes. Deberás buscar el CRT (consejo regional de técnicos) de tu región y registrarte, así estarás legalizado para realizar cualquier tipo de trabajo dentro de tus atribuciones. Como Electrotécnico, puedes diseñar y firmar un proyecto con una carga de hasta 800kVA.

  • Alberto Carlos de Souza

    Me parecieron buenos algunos de los comentarios hechos aquí, ¡realmente suman!
    Soy un joven de 56 años, jubilado por el estado de RJ, siempre trabajé como electricista residencial; Estoy terminando el Curso de Técnico Eléctrico y comenzando las Prácticas. Estaré iniciando el Curso de Generación en Sistemas Fotovoltaicos y Domótica. Según los comentarios descritos anteriormente, estoy completamente de acuerdo en que tener títulos no significa tener competencia; Solo pretendo realizar los servicios para los que estoy capacitado y no dejar de capacitarme y aprovechar, dentro de mis calificaciones, este mundo de la ingeniería eléctrica, al fin y al cabo es mucha responsabilidad tener un título en la mano.
    ¡Gracias por los buenos comentarios porque también es una forma de aprender un nuevo camino!
    Éxitos para todos!

  • Luis Carlos

    Aparentemente esto está restringido a los técnicos eléctricos.

  • Paulo

    Hay muchos ingenieros que no saben interpretar un proyecto, y mucho menos emitirlo. Los técnicos eléctricos suelen tener más conocimientos.

  • Alcione Moreira Batista

    ¿Un técnico electromecánico puede diseñar y firmar un proyecto de planta fotovoltaica?

  • Alonso

    Sr. Rogerio: Las obras de Mariana y Brumadinho contaron con un equipo técnico muy grande, con toda la estructura técnica formada por ingenieros y técnicos, incluyendo informes técnicos elaborados por ingenieros del área. El incendio de la discoteca también fue diseñado y construido por el ingeniero. responsable, y la fábrica de cerveza solo abrió porque tenía licencia y fórmulas registradas y con una resp. técnico. El problema parece tener otro origen: el famoso “jeitinho” y el soborno. No es raro que las empresas tengan grandes sistemas eléctricos y solo los ingenieros puedan firmarlos, y también existe un factor y es que no todos los profesionales calificados están calificados para el puesto.

  • Eron

    Señor, 800 kva convertidos a kw, es = 640 kw. Esto con una demanda de factor de potencia del 0,8%. Sin embargo con el nuevo ajuste el factor de potencia se modificó a (real-efectiva)= 0,92%, rehaciendo los cálculos queda: 736kw. Además, el CFT está tramitando la posibilidad de un electricista: elaboración y firma de proyectos, de 1 Mega Watts

  • Josué Donizeti Degrava

    ¿Un Ingeniero Mecánico puede realizar proyectos fotovoltaicos y emitir ART en consecuencia?

  • Rosemira Mendes Dos Santos

    Estoy muy interesado en establecer algunos cursos que ya he realizado, ya que también trabajé en la implementación de la Planta Fotovoltaica de 4 MW en Oiapoque.

  • MIGUEL HENRIQUE MORAES LOPES JUNIOR

    ¿Un técnico en Automática Industrial puede firmar un proyecto fotovoltaico?

    • Canal Energía solar
      Canal Energía solar Canal Energía solar

      El técnico en automatización industrial no puede “firmar” proyectos de sistemas de generación de energía eléctrica, ya que su formación se desarrolló en el área de automatización y no en el área de sistemas de energía eléctrica. En caso de duda, se debe consultar al consejo de su clase.

  • Jhonathan Morais

    ¿No serían 800 kVA generadores de mayor potencia? Me imaginé que en un generador fotovoltaico 800 kVA serían algo más cercano a los 800 KWp.

  • Leonardo

    En fin, poca harina, primero mi papilla. Lo importante es generar empleo y ahorro para todos. Si firmas, eres responsable y si tienes coraje y competencia, firma, porque lo que no puedes hacer es un universo de incompetentes trabajando en diferentes sectores, con y sin asesoramiento, que si fueran buenos estaría pavimentado el infierno.

  • Leonardo

    En fin, poca harina, primero mi papilla. Lo importante es generar empleo y ahorro para todos. Si firmas, eres responsable y si tienes coraje y competencia, firma, porque lo que no puedes hacer es un universo de incompetentes trabajando en diferentes sectores, con y sin Consejos de Clase, que si fueran buenos estaría pavimentado el infierno.

  • Vilmar BS

    Una observación, soy electricista en una gran empresa y tenemos transformadores desde 112kVa hasta 900kVa y sé el tamaño que tienen, por lo que una potencia de 800kVa nominalmente soporta 100 hogares de 6.4kW. Alguien está de acuerdo conmigo.

  • Narjan Rodas

    La eterna discusión de qué fue primero, el huevo o la gallina….la CFT dejó claro que los electricistas pueden ejecutar y diseñar sistemas fotovoltaicos de hasta 800kVa, es decir, hasta 6.4 KW en el sistema promedio de una residencia hoy en día.

  • WELDON CARLOS ELÍAS TEIXEIRA

    Ejemplos de animales son: cerdos, vacas, personas, etc.

    Con esta definición ¿pueden los veterinarios actuar como médicos?

    • Bartolomé Neves

      La definición de Medicina Veterinaria excluye expresamente al animal Homo sapiens sapiens. La definición de Técnico Eléctrico incluye expresamente “desarrollar proyectos y ejecutar instalaciones eléctricas y mantenimiento de redes de fuentes generadoras diversas, tales como (…) Solar – fotovoltaica, obtenida por la luz solar”.

      Entonces sí, el Técnico Eléctrico está calificado.

      Y por cierto, los proyectos de las represas de Brumadinho y Mariana fueron firmados por ingenieros.

  • Rogerio Moreira Lima Silva

    ¡Los técnicos sólo son responsables de las instalaciones eléctricas! La generación, transmisión y distribución de energía eléctrica son actividades exclusivas de los ingenieros electricistas y están contempladas en el artículo 8º de la resolución 218/1973-CONFEA! La ingeniería es una actividad de riesgo y con un alto potencial de daño a la sociedad, y tenemos ejemplos: Mariana, Brumadinho, incendio en una discoteca (según informaron los medios), contaminación en una fábrica de cerveza, etc. Por lo tanto, sólo quienes tengan la formación y las cualificaciones profesionales adecuadas deberían llevar a cabo dichas actividades.

    • douglas herbert

      ANEEL (Agencia Nacional de Energía Eléctrica), ya explicó lo siguiente:

      “Instalación eléctrica: conjunto de equipos necesarios para el funcionamiento de un sistema eléctrico. Las líneas de distribución, redes y subestaciones, líneas de transmisión y plantas de generación son ejemplos de instalaciones eléctricas”.

      Si en ANEEL especifica esto, por lo que un técnico eléctrico tiene deberes para esto, limitados a 800 kVa independientemente del voltaje.

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