El Pleno de la STF (Corte Suprema Federal) comenzó a juzgar, el día 4 de Septiembre, en sesión, en el lei lo que da la derecho à ANEEL (Agencia Nacional de Energía Eléctrica) decidir Si el impuestos pagados a más por consumidores de energía eléctrica, refiriéndose a impuestos que fueron acusados de una manera equivocadoEs constitucional (es decir, si está de acuerdo con la Constitución).
Con ello, el ministro Dias Toffoli pidió un tempo para analisar mejor el caso, lo que provocó la ensayo del tema en IDA (Acción Directa de Inconstitucionalidad) 7324 fue interrumpida, postergándose la consideración del asunto hasta finalizar su análisis.
A norma discutida es Ley 14.385, de 2022, que determina que el ANEEL compensacon la reducción de TARIFAS, Créditos PIS/Cofins cobrados indebidamente a los usuarios.
O PISO (Programa de Integración Social) es un aporte mensual hecho por empresas ese costo ayuda laboral como seguro de desempleo y bonificación salarial.
O Cofins (Contribución a la Financiación de la Seguridad Social) cubre gastos con seguridad sociales dos trabajadores de compañías privadas relativas a la seguridad social, la salud y la asistencia social.
Para la Agencia, estos valores deben ser asignados a los usuarios, en forma de descuentos tarifarios y no incorporados al patrimonio de las distribuidoras.
Otras entidades, como ABRADEE (Asociación Brasileña de Distribuidoras de Energía Eléctrica), afirman que la jurisprudencia del STF es que los créditos fiscales derivados de la exclusión del ICMS (Impuesto a la Circulación de Bienes y Prestación de Servicios) de la base de cálculo de las contribuciones al PIS y al Cofins serían realizados por los propios distribuidores.
En este sentido, Abradee afirma que la devolución de los valores pagados resultantes de esta exención debe ser para los distribuidores y no para los consumidores.
Política fiscal
Para el relator de la sesión, ministro Alexandre de Moraes, el tema es la ley arancelaria y no la tributaria, lo que elimina la necesidad de una ley complementaria.
Según Moraes, así como los costos de los impuestos recaudados en exceso fueron transferidos a los usuarios en las tarifas, los montos reembolsados a los concesionarios también deben trasladarse a los consumidores.
Aún en la valoración del ministro, la medida no afecta a los activos de las distribuidoras de electricidad, porque sólo se asignarán a los usuarios las cantidades pagadas en exceso.
Propuso que la transferencia total prevista por la ley excluya los costos a cargo de las concesionarias directamente relacionados con el caso, que serán regulados por la Aneel.
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