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Artículo de opinión

¿Por qué la Ley 14.300 no es tan buena noticia como parece?

El texto del Marco Legal GD tiene varios puntos de atención y lagunas que no dan motivo de celebración en el sector

Después de un largo período de discusión y tanto tira y afloja en la Legislatura, el 7 de enero de este año se sancionó la ley 14.300, que estableció la Marco legal para la microgeneración y minigeneración distribuida en Brasil.

Pero, después de todo, ¿se trata de un hito para el sector que realmente debería celebrarse?

Puedo decir que las noticias no son tan buenas como parecen para el segmento. Esto se debe a que el texto tiene algunos puntos de atención que podrían complicarse para el mercado de la energía solar fotovoltaica.

La primera es que para muchas personas el Marco Legal es exactamente lo que faltaba en materia de seguridad jurídica para la generación de energía solar fotovoltaica.

Pero, en nuestra opinión Ecori Energía Solar, el texto de la ley no detalla lo que sucederá después del período de transición, lo que no nos da la seguridad jurídica tan buscada.

Además, que tengamos una ley no significa que no se pueda cambiar, es decir, no hay exactamente una garantía. Por lo tanto, en mi opinión, ahora tenemos aún más riesgos que antes.

Otro punto es precisamente lo que sucederá después del período de transición. La ley determina que luego de esta fase los consumidores quedarán sujetos a las reglas tarifarias determinadas por ANEEL (Agencia Nacional de Energía Eléctrica).

El CNPE (Consejo Nacional de Política Energética) “escuchará a la sociedad, asociaciones y entidades representativas, empresas y agentes del sector eléctrico, estableciendo pautas para la valoración de los costos y beneficios de la microgeneración y minigeneración distribuida”.

En otras palabras, será la Aneel la que establecerá las tarifas, costos y beneficios de la generación distribuida después de 18 meses. El riesgo aquí proviene de la historia. En otras ocasiones, Aneel se ha posicionado de manera extremadamente desfavorable para el sector fotovoltaico. ¿Quién garantiza que esto no volverá a suceder?

Además, otro punto a considerar es el hecho de que el texto no considera desencadenantes relevantes para la micro y minigeneración. Los paneles solares en Generación Distribuida representan sólo alrededor del 1% de las unidades de consumo.

Y en este caso lo que hay que tener claro es que si bien la energía solar está creciendo significativamente en el país, las unidades de consumo en su conjunto también están creciendo. Por tanto, ignorar el porcentaje de relevancia de la energía solar dentro del sistema de compartición de energía eléctrica, así como ignorar los desencadenantes, es un error técnico, un error de mercado.

Teniendo en cuenta todo esto, todavía tenemos que prestar atención a los plazos mencionados en el texto. El CNPE tiene seis meses para establecer las directrices, mientras que la Aneel tiene hasta 18 meses para determinar los cálculos de valoración de beneficios.

El plazo para que los consumidores puedan adquirir kits fotovoltaicos siguiendo la antigua normativa es de 12 meses a partir de la fecha de promulgación de la ley, es decir, hasta el 7 de enero de 2023.

Habiendo enumerado los puntos anteriores, puedo decir que el resto del texto se vuelve prácticamente irrelevante. En este momento lo que realmente importa es cómo cada uno construirá el futuro de nuestro sector, ya sea apoyando a asociaciones y movimientos que trabajan a favor de la energía solar fotovoltaica para que sigan de cerca y cubran el CNPE y ANEEL y, por tanto, no instituir impuestos absurdos después del período de transición.

Ya sea actuando de manera ética y profesional, llevando calidad al mercado con soluciones tecnológicas como MLPE, sistemas híbridos, red cero, entre otras, para superar barreras de comercialización y brindar al cliente la mejor solución.

Arturo Santini
Acerca del Autor
Arturo Santini

Director de Ecori Energía Solar. Director Regional del proyecto QuiloWatt do Bem en el Noroeste de São Paulo, profesor certificado de la Fundação Getulio Vargas y profesor de MBA en otras instituciones. Trabajó en auditoría para KPMG y desempeñó otros roles de liderazgo y consultoría en São Paulo, Campinas y São José do Rio Preto. Es autor en el área de tecnología, con un libro publicado por la Editora LCM – Ciência Moderna, en Río de Janeiro.

Comentários (10)

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  • Carlos Argoló

    Una lástima. La ley no contempla la venta de créditos que nuestra población anhelaba y aún anhela. En Estados Unidos, donde completé mi doctorado hace muchas décadas, la venta de energía solar es normal y natural. En algunos estados americanos se pagan hasta 15 céntimos por kilovatio h inyectado a la red. Simplemente mire los seminarios web estadounidenses como siempre lo hago en mi vida diaria. Es una pena que en Brasil no se pueda vender energía a través de microgeneradores como ocurre en Estados Unidos. Además, cuando hice mi doctorado había 3000 concesionarios de energía y la competencia era enorme, abarataba los costos y la competencia hacía que los consumidores estadounidenses se sintieran cómodos. Felicitaciones al equipo de Ecori, que brindó información de primera mano al público especializado en energía solar en Brasil. Felicitaciones Leandro, Rodrigo y todo el equipo de Ecori que valientemente llamaron la atención sobre esta ley que genera desconfianza en nuestra población. Basta leer los numerosos comentarios pertinentes que se firmaron ante mí. Felicitaciones al autor del artículo, Arthur Santini, por su valentía al hacer pública la tan deseada contradicción de ideas.
    profe. Carlos Argolo (Ph.D.) – Universidad Federal de Alagoas – Instituto Federal de Alagoas.

  • Francisco

    Desgraciadamente, creo que nos hemos disparado en el pie... Estoy de acuerdo con lo que dice el autor, sin disparador técnico de poder, y sólo fechas en las que pereceremos en el primer año después de la vacancia de esta bendita Ley...

  • Carlos

    Tiempo suficiente para que la tecnología utilizada en las baterías evolucione y digamos adiós al sistema on grid,

  • Ivoney Marqués da Silva

    Creo en el sistema híbrido, pero hay que estandarizarlo para comercializarlo. Leandro Martins, presidente de Ecori energía solar, junto con su equipo, buscarán soluciones para esto y otras en el campo, ¡creo! libertad para la generación!!!

  • Joshua

    Como consumidor y a la hora de instalar un sistema solar, lo dividí entre conectado y fuera de red, precisamente por esta inseguridad jurídica que existe en Brasil. En un futuro no muy lejano será más ventajoso tener solo fuera de red debido a la. caída del precio de las baterías y aumento de la vida útil; en este sistema no hay interferencia del Estado al estar aislado de la red;

  • J Mello

    Esta ley ayuda en el desarrollo de sistemas híbridos. Así será la próxima generación de inversores ongrid con UPS o módulo offgrid

  • MDW BRASIL ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA

    Porque la regulación es un hecho positivo, pero cuando vemos una aprobación sin tener una discusión más profunda, veo que puede haber otros intereses detrás de las grandes empresas.

  • Sergio Koodi Kinoshita

    Como destaca el autor, Arthur Santini, no existe seguridad jurídica para el sector fotovoltaico. El sector está a merced de los intereses de gigantes del sector hidroeléctrico y termoeléctrico y lamentablemente dependerá de la benevolencia de estas empresas. No es posible imaginar un país en el que exista una posibilidad clara de escasez de energía en los próximos años y de castigar al sector en el que no se requiera inversión gubernamental para expandir la electricidad. El sector fotovoltaico debe exigir una postura al respecto a los candidatos presidenciales.

  • Barnabe da Silva Jr.

    1. Un punto importante a considerar sobre la inseguridad jurídica después del 14.300: Antes acudíamos a los tribunales en base a una Resolución Normativa del ANEEL, ahora vamos a los tribunales, si no estamos de acuerdo con una ley, y por tanto cuestionamos técnica y jurídicamente la ANEEL, mitigando la subjetividad de otros tiempos.

    2. Sobre el desencadenante: Mucho apoyo. Esto es absurdo. En los países desarrollados, donde este tema de los flujos direccionales de energía, o mejor dicho de GD, ya surgió hace algún tiempo, comenzaron a mirar qué hacer con una mezcla de 10% de GD en la matriz, y qué hacer con un 15%,

    3. Sobre prestar atención: Es ciertamente la única estrategia, apoyada en la teoría de los grupos de presión, y si es posible en asociaciones que se centran en nuestros intereses reales. Seamos muy críticos sobre con quién nos asociamos.

  • alberto nairo

    La seguridad jurídica realmente es algo muy volátil dados los recientes acontecimientos de abuso de poder, entre los “poderes”...
    En cuanto al “contenido” de la Ley, prevaleció una narrativa falsa, quizás deshonesta, de que los consumidores más pobres estaban beneficiando a los más ricos. No hace falta ser “médico” para entender qué hay detrás de todo esto…
    Mientras miles de personas se ponen el casco emprendedor, poniendo sus ahorros, su tiempo y su energía en “abrir una empresa”, generar empleo, descentralizar riqueza, asumir riesgos (sí, porque si no eres eficiente y competente verás cómo tus ahorros se van por el desagüe). el pagador de impuestos.
    El mejor negocio del mundo: una distribuidora de energía BIEN gestionada
    El segundo mejor negocio del mundo: una empresa de distribución de energía MAL gestionada… Sigue el dinero….

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