Artículo publicado en la edición 14 de la Revista Canal Energía solar
Os dispositivos de protección contra sobretensiones, conocido por sus siglas DPS, son utilizado para proteger el equipo e instalaciones de sobretensiones transitorias derivadas, principalmente, de descargas atmosféricas y maniobras en la red eléctrica.
Este equipo se utiliza frecuentemente en tableros de distribución de circuitos en instalaciones residenciales, comerciales e industriales. También se utilizan en instalaciones de plantas fotovoltaicas, tanto del lado de corriente continua (DC) como de corriente alterna (AC).
Sin embargo, existen muchas dudas sobre si en las UC (Unidades de Consumo) que tienen instalada una planta fotovoltaica, los DPS son requeridos en la norma de entrada, es decir, si es necesario instalarlos dentro de la caja de medición y/o proteger el estándar. .
Para responder a esta pregunta utilizaremos la normativa vigente en el país y las normas técnicas de las distribuidoras de electricidad.
En primer lugar, consultando al módulo prodista 3, que trata de la conexión al sistema de distribución de energía eléctrica, encontramos que el uso de protección contra sobretensiones es un requisito mínimo previsto en el punto de conexión de la planta, pero no detalla si este equipo debe instalarse en la norma de entrada.
Por tanto, no existe obligación de instalar estos dispositivos dentro de estándares con sistemas fotovoltaicos conectados. Una pregunta que queda es: en los estándares generales de entrada, incluso aquellos que no tienen sistemas fotovoltaicos conectados, ¿es obligatoria la instalación de este dispositivo?
Y la pregunta más importante: ¿el concesionario puede exigir la instalación del DPS en el patrón de entrada para aprobar la conexión del generador fotovoltaico?
Para responder a esta pregunta, analizamos la norma ABNT NBR 5410 y podemos ver cómo aborda el tema de la ubicación de los DPS.
Pero primero es fundamental que tengamos dos conceptos bien definidos, que serán fundamentales para comprender este texto. Debemos conocer la diferencia entre punto de entrada y punto de entrega.
A NBR 5410 define el punto de entrada como “el punto en el que la línea externa penetra el edificio”, como se muestra en la definición 5410 en la Figura 1, es decir, podemos considerar este punto como el lugar por donde la red ingresa al edificio, justo después de pasar por el patrón de entrada.
El punto de entrega es el punto donde la red del concesionario se conecta con el ramal de entrada del cliente, normalmente ubicado en los límites de la norma de entrada, según este apartado de la NBR 5410.

Para aclarar las diferencias entre estos dos términos, la Figura 2 presenta una ilustración donde la región rodeada en rojo define el punto de entrega, donde la sucursal del concesionario se conecta con la sucursal de entrada del cliente, y el área rodeada en azul presenta el punto de entrada al cliente. edificio, que es el punto por donde la red ingresa al edificio.

Con los conceptos definidos, ahora analizamos lo que orienta la ABNT NBR 5410 respecto a la ubicación del DPS.
En el ítem 6.3.5.2.1 a), como se muestra en la Figura 3, la instalación del DPS debe ser junto al punto de entrada o en el tablero de distribución principal cuando el objetivo es proteger contra sobretensiones por descargas atmosféricas transmitidas por la energía externa. línea y también sobretensiones de conmutación.

La ilustración de la Figura 4 explica lo dicho en el párrafo anterior. En él podemos ver que el muro por el que entra la red al edificio se puede considerar el punto de entrada. Es allí o cerca donde se debe instalar el DPS.
También existe la alternativa de instalar el DPS en el panel principal ubicado lo más cerca posible de este punto de entrada, según lo instruido en el numeral 6.3.5.2.1 a) del 5410. Generalmente a este panel principal lo llamamos QGBT (Panel General de Baja Tensión). ).

En los casos en que se desee proteger el sistema contra descargas atmosféricas directas, se deberá instalar el DPS en el punto de entrada, como se indica en el ítem 6.3.5.2.1 b), de la Figura 3.
La figura 5 ilustra esta segunda situación y muestra que en estos casos de vertido directo, el dispositivo debe instalarse en el punto de entrada de la red al edificio.
Si desea colocar este DPS dentro del QGBT, debe ubicarse en el punto donde la red ingresa al edificio.

La norma ABNT NBR 5419, que trata de la protección contra descargas atmosféricas, aconseja realizar un análisis de riesgo para determinar si es necesario utilizar un SPDA (Sistema de Protección contra Descargas Atmosféricas).
De existir tal necesidad, la norma indica el uso de DPS en el ingreso a la línea estructural, en el borde que divide la parte externa e interna del edificio, como se muestra en la Figura 6.
Si el QGBT está en este borde, el DPS se puede asignar dentro de él; de lo contrario, como se muestra en la Figura 5, el DPS se debe asignar en una casilla apropiada en este borde.

Si no es necesario utilizar SPDA, el uso de DPS seguirá los criterios establecidos en 5410, que ya se han mencionado en párrafos anteriores.
El uso o no del SPDA será definido después de seguir los pasos indicados en la ABNT NBR 5419-2, al realizar el análisis de riesgo del edificio. La Figura 7 presenta el extracto tomado de la NBR 5410-3, que confirma lo informado en este párrafo.

Hasta ahora, no se ha aclarado la necesidad de utilizar DPS en el estándar de entrada y nuestra pregunta sigue sin respuesta.
Entonces pasemos al análisis de los estándares de las distribuidoras, porque a medida que los estándares de insumos son inspeccionados y conectados al sistema de distribución por parte de estas empresas, el análisis de si es necesario o no este uso estará guiado por sus estándares.
¿Este uso es obligatorio o no?
La respuesta final depende del distribuidor. Algunos distribuidores han actualizado sus estándares de distribución y comenzaron a exigir el uso de DPS en todos los nuevos estándares que se construyen y conectan a su red.
La mayoría de ellos no tienen en su normativa la instalación obligatoria de este dispositivo y esto es lo que observamos cuando analizamos la gran mayoría de normas de entrada.
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Comentários (4)
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Excelente material Geraldo Silveira (CanalSolar), ¡muchas gracias por compartir!
¡Buen día! Soy técnico eléctrico de nivel medio. Hace mucho que no trabajo en el área pero me interesa actualizarme. ¡Buena explicación!
Hola Plinio, ¿cómo estás? ¡Perfecto! Disponemos de varios cursos en el sector de la energía solar para formar profesionales. Entérate: https://cursos.canalsolar.com.br/
ENEL SP requiere DPS Tipo 1 en la entrada, cuando el inversor se encuentra a más de 10 metros del estándar de entrada. Si no se instala, no aprobará el proyecto de microgeneración.